DISPOSICIÓN 13 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE LA JUVENTUD

Síntesis:

ARTICULA ACCIONES PARA ATENDER A JÓVENES EN MATERIA DE PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO Y ASESORAMIENTO RESPECTO A VIH/SIDA. RATIFICA LA INCORPORACIÓN DE LA LÍNEA GRATUITA 0800-333-JOVEN (56836) COMO CENTRO DE CONSULTAS A TAL EFECTO - RATIFICACIÓN - INCORPORACIÓN - RECEPCIÓN DE CONSULTAS - CENTRO DE CANSULTAS - ATENCIÓN A JÓVENES - PREVENCIÓN - DIAGNÓSTICO - ASESORAMIENTO - VIH SIDA - INFORMACIÓN - PREVENCIÓN - FUNCIONES - CENTROS - CENTRO DE PREVENCIÓN ASESORAMIENTO Y DIAGNÓSTICO - CE.P.A.D

Publicación:

01/06/2005

Sanción:

18/05/2005

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE LA JUVENTUD


Visto los Decretos Nros. 1.981-GCABA/01, 2.696-GCABA/03, 272-GCABA/05, y sus modificatorios, y la Resolución N° 1.060-GCABA-SS/02 (B.O.C.B.A. N° 1941); y

CONSIDERANDO:

Que es competencia de la Dirección General de la Juventud dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social el fomento e implementación de políticas públicas destinadas a la población joven de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General de Coordinación SIDA dependiente de la Secretaría de Salud, es la encargada de desarrollar y ejecutar las acciones tendientes a la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación integral en materia de VIH/SIDA en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dando cumplimiento a las medidas pertinentes para el funcionamiento de los Centros de Prevención, Asesoramiento y Diagnóstico (Ce.P.A.D.), creados por la resolución mencionada en el visto;

Que, conforme surge de la citada resolución, los Ce.P.A.D. son espacios de trabajos y oferta de servicios cuyos objetivos, entre otros, son los de articular la prevención del VIH/SIDA, promover el uso y garantizar la entrega de preservativos, realizar el análisis de VIH, construir un modelo de atención que brinde satisfacción a los usuarios y equipos, y realizar campañas informativas sobre la prevención del VIH;

Que entre las acciones prioritarias de la Dirección General de la Juventud se encuentran aquellas orientadas a la prevención y asesoramiento en salud, específicamente destinado a los jóvenes, trabajando desde una perspectiva interdisciplinaria e intersectorial con el objetivo de implementar alternativas concretas a esta franja etaria y reducir las consecuencias negativas que la falta de información y atención producen en ella;

Que en el ámbito de esta Dirección General se ha conformado un equipo de salud especializado e interdisciplinario, que se ha propuesto, entre otros objetivos, el de promover comportamientos sexuales que reduzcan el riesgo de transmisión del VIH/SIDA, que favorezcan una actitud libre y responsable en los jóvenes para el ejercicio de su sexualidad, el uso del preservativo, la realización de análisis de VIH/SIDA, y las derivaciones a los centros adecuados de la red de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el VIH/SIDA es considerado una epidemia a nivel mundial, y su problemática, que importa una complejidad particular, debe ser abordada desde todos los aspectos posibles, para lograr el control necesario conforme a la trascendencia que significa, y reducir al mínimo posible las consecuencias que provoca;

Que estas consecuencias son acentuadas cuando se trata de personas jóvenes, debido al alto grado de vulnerabilidad de este grupo social, que responde a diversas realidades sociales por las que atraviesa, y a la falta de conocimiento e información en lo que respecta a sus derechos;

Que afirma lo descripto, el hecho de que la epidemiología del VIH/SIDA en la ciudad indica que la mayoría de la población que vive con el virus o tiene SIDA, lo ha contraído en edades tempranas (menos de 30 años) y que el SIDA está entre las primeras causas de muerte en la población juvenil;

Que atento a lo expuesto, es primordial elaborar estrategias adecuadas para facilitar el acceso de los jóvenes a la información, así como fortalecer la prevención primaria y secundaria para revertir la situación indicada;

Que, a los fines propuestos, se requiere la coordinación, el esfuerzo y el desarrollo de acciones conjuntas entre diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que permitan ampliar el campo de implementación de políticas y lograr una mayor eficacia de sus objetivos;

Por ello, y en ejercicio de las facultades que les son propias,

LOS DIRECTORES GENERALES DE LA JUVENTUD

Y DE COORDINACIÓN SIDA

DISPONEN:

Articula acciones para atender a jóvenes en materia de prevención, diagnóstico y asesoramiento respecto a VIH/SIDA. Ratifica la incorporación de la línea gratuita 0800-333-JOVEN (56836) como centro de consultas a tal efecto

Artículo 1° - Articular acciones entre ambas áreas de gobierno que contribuyan a una adecuada atención de los jóvenes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo que respecta a la prevención, diagnóstico y asesoramiento en materia de VIH/SIDA.

Artículo 2° - Ratificar la incorporación de la línea gratuita 0800-333-JOVEN (56836), que funciona en el ámbito de la Dirección General de la Juventud, como centro de recepción de consultas para quienes requieran información, asesoramiento y, eventualmente, derivación, sin distinción de edad, en lo que respecta a la temática del VIH/SIDA.

Artículo 3° - A los efectos indicados en el artículo precedente, se conviene que la Dirección General de la Juventud tomará a su cargo el funcionamiento operativo de la línea, proveyendo el personal capacitado para la tarea, equipos y espacio físico necesario para ello; y que la Dirección General de Coordinación SIDA capacitará a los operadores encargados de su atención, proveerá el material que resulte necesario al efecto, e incluirá en su folletería, campañas, comunicaciones y material de difusión y sensibilización, este número, a los efectos de una masiva difusión del servicio.

Artículo 4° - Convalidar la conformación y funcionamiento, a partir de octubre de 2001, en la Casa Joven Flores -ente descentralizado de la Dirección General de la Juventud, sito en la calle Cnel. E. Bonorino 884- de un Centro de Prevención, Asesoramiento y Diagnóstico (Ce.P.A.D.).

Artículo 5° - Acordar la conformación y funcionamiento, a partir del año 2005, en la sede de la Dirección General de la Juventud, sita en la calle Piedras 1281 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de un nuevo Centro de Prevención, Asesoramiento y Diagnóstico (Ce.P.A.D.).

Artículo 6° - Convenir, conforme lo acordado en los arts. 4° y 5°, que la Dirección General de la Juventud destinará el espacio físico, el personal que resulte necesario, y el retiro de análisis, y los siguientes materiales: guantes descartables, cinta adhesiva, algodón, alcohol y bolsas para residuos patogénicos; por lo que los gastos de infraestructura, mantenimiento y funcionamiento para una adecuada prestación de los servicios quedarán a su exclusivo cargo.

Artículo 7° - Convenir que la Dirección General de Coordinación SIDA establecerá el marco metodológico y los procedimientos, y efectuará la asistencia técnica, capacitación, evaluación y seguimiento que resulten necesarios para implementar el servicio; y proveerá el traslado de las muestras hemáticas, y los siguientes materiales: preservativos, folletería, jeringas y agujas descartables, gradilla de tubos y descartador de agujas.

Artículo 8° - Dejar establecido que la presente sustituye al acuerdo suscripto con fecha 29 de diciembre de 2003 entre la Dirección General de la Juventud y el entonces Organismo Fuera de Nivel Coordinación SIDA.

Artículo 9° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y previo a su archivo en la Dirección General de la Juventud (Departamento Apoyo Administrativo), cúrsese copia a la Dirección General de Coordinación SIDA de la Secretaría de Salud a sus efectos, y a la Subsecretaría de Promoción e Integración Social y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Desarrollo Social para conocimiento.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 104-08 deja sin efecto los Arts. 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Disp. 13-05
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