DECRETO 114 2005
Síntesis:
AUTORIZA ADSCRIPCIÓN - FERNANDO FINVARB - SECRETARÍA DE CULTURA - ADSCRIPCIÓN DE AGENTES
Publicación:
14/06/2005
Sanción:
27/05/2005
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 25.720-SA/05, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente tramita la solicitud de adscripción del agente Fernando Finvarb (Legajo N° 27 - DNI 7.750.102), para prestar servicios en la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el citado, integra la dotación de planta permanente, nivel 2 en la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria;
Que el responsable de la dependencia en la que el mencionado se desempeña prestó su conformidad al pedido de adscripción;
Que dicho pedido está encuadrado dentro de los términos del Decreto N° 103-VP/02;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó en el caso la intervención que le compete;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 88 del reglamento interno de este cuerpo,
Artículo 1° - Autorícese la adscripción del agente Fernando Finvarb (Legajo N° 27 - DNI 7.750.102) a la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de la fecha de notificación por el término de ciento veinte (120) días.
Artículo 2° - El agente Fernando Finvarb (Legajo N° 27 - DNI 7.750.102) deberá presentar ante la Dirección General de Recursos Humanos de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una certificación de servicios mensual a efectos de justificar su asistencia al organismo solicitante para proceder a la percepción de sus haberes.
Artículo 3° - Notifíquese, a través de la Dirección General de Recursos Humanos al agente mencionado en los artículos precedentes, lo dispuesto en el presente acto.
Artículo 4° - Líbrese comunicación del presente, a través de la Dirección General de Despacho Administrativo, a la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5° - Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Despacho Administrativo, Recursos Humanos y Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria. Cumplido, archívese.