DECRETO 181 2024

Síntesis:

DESIGNA - CONSEJEROS - CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - PALOMA GARAY SANTALÓ - PATRICIA NOEMÍ HOLZMAN - GUSTAVO GUILLERMO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ 

Publicación:

26/04/2024

Sanción:

24/04/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 71 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los Decretos

Nros. 125/23, 139/23, 161/23 y 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros.13-

MJGGC/24 y 22-LCBA/24, el Expediente Electrónico N° 12623979-GCABA-

DGCCN/24, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose al Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental bajo la órbita del citado

Ministerio;

Que el artículo 2°, inc. 4) de la Ley N° 71, establece que el Consejo del Plan Urbano

Ambiental estará integrado, entre otros, por nueve (9) técnicos/as profesionales, con

formación sistemática y antecedentes de excelencia científica, técnica y

especialización en temas urbanos y/o ambientales, designados a propuesta de la

Legislatura;

Que el artículo 4° de la mencionada ley establece que los técnicos/as designados a

propuesta de la Legislatura serán designados por un plazo de dos (2) años y sólo

podrán ser removidos por razones de incumplimiento o incapacidad sobreviviente y

que los reemplazos y las renovaciones requerirán igual trámite que las designaciones;

Que, a traves de los Decretos Nros. 125/23, 139/23 y 161/23 se aceptaron las

renuncias presentadas por las señoras Gabriela Muzio, C.U.I.T. N° 27-23326394-5;

María Celeste Mc Garry, C.U.I.T. N° 27-33465207-1, y María Isabel Radrizzani

Halliburton, C.U.I.T. N° 27-30926998-0, respectivamente, como Consejeras del

Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete

de Ministros;

Que, por lo expuesto, encontrándose los cargos vacantes, la Legislatura de la Ciudad

de Buenos Aires mediante Resolución N° 22/LCABA/24, de fecha 21 de marzo de

2024, propuso las designaciones de los señores Paloma Garay Santaló (D.N.I.

18.876.324), Gustavo Guillermo Rodríguez Sánchez (D.N.I. 11.957.618) y Patricia

Holzman (D.N.I. 17.605.003) como representantes de dicho cuerpo en el Consejo del

Plan Urbano Ambiental (COPUA) en los términos de la Ley N° 71, disponiéndose que

finalizarán sus mandatos al concluir el mandato del resto de los Consejeros

designados mediante Resolución N° 201/LCABA/22;

Que, mediante Resolución N° 13-MJGGC/24 se delegó en el titular de la Secretaría de

Desarrollo Urbano o el que en el futuro lo reemplace, dependiente de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, la función de Coordinador del Consejo del Plan Urbano

Ambiental, en los términos del artículo 14 de la Ley N° 6.684;

Que en función de la delegación de coordinación del mencionado Consejo, el señor

Secretario de Desarrollo Urbano propicia la designación a partir del 1° de abril de

2024, de las personas detalladas en el Anexo (IF-2024-15228350-GCABA-SECDU),

como Consejeros del Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental bajo la órbita de la

Jefatura de Gabinete de Ministros, el que a todos sus efectos forma parte integrante

del presente, en el modo y condiciones que allí se consigna.

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de abril de 2024, a las personas detalladas en el

Anexo (IF-2024-15228350-GCABA-SECDU), como Consejeros del Consejo Asesor del

Plan Urbano Ambiental bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el que a

todos sus efectos forma parte integrante del presente, en el modo y condiciones que

allí se consigna.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a los interesados dejando constancia de que deberán dar cumplimiento a lo

establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588),

comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, para su conocimiento y

demás efectos, remítase a la Secretaría de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese.

MACRI - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6861