RESOLUCIÓN 144 2005 SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA
Síntesis:
OMNIVISIÓN S.A. - SE LE OTORGA UNA PRÓRROGA MODIFICANDO EL PLAZO LÍMITE DE LA RESOLUCIÓN N° 230-SSA-04 - OBRA NUEVA PARA EL TENDIDO DE RED DE TELEVISIÓN POR CABLE
Publicación:
28/06/2005
Sanción:
09/06/2005
Organismo:
SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA
Visto la solicitud efectuada por la empresa Omnivisión S.A., ingresada mediante Nota N° 15.930-SIyP/05, referida a una prórroga para la ejecución de las obras autorizadas en la Resolución N° 230-SSA/04, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa Omnivisión S.A. se encuentra inscripta bajo el N° 152.361 en el Registro de Empresas de Obras en la Vía Pública y reconocida como prestadora bajo el Régimen del Servicio de Señal de Televisión por Cable, conforme lo establecido en la Resolución N° 382-SOySP/02;
Que por Resolución N° 230-SSA/04, se autorizó la ejecución de obra nueva para el tendido de red de televisión por cable por metodología subterránea, en la Zona a), Área 2; en el polígono definido por las siguientes arterias: Av. Cabildo (e) Monroe y Congreso, Congreso (e) Av. Cabildo y Av. del Libertador; Av. del Libertador (e) Congreso y Av. Udaondo; Av. Udaondo (e) Av. del Libertador y Av. F. Alcorta, Av. F. Alcorta (e) Udaondo y La Pampa; La Pampa (e) Av. F. Alcorta y Valentín Alsina; Valentín Alsina (e) La Pampa y Olleros; Vías del F.C.G.B.M. (e) Olleros y Av. Monroe; Av. Monroe (e) Vías del F.C.G.B.M. y Av. Cabildo;
Que la recién mencionada resolución, establece un plazo para la ejecución de las obras de seis (6) meses contados a partir del primer permiso específico de trabajo otorgado, plazo cuyo vencimiento operó con fecha 2/6/05;
Que la empresa Omnivisión S.A. ha solicitado con fecha 1°/6/05, una prórroga de los plazos para la culminación de los trabajos autorizados en la Resolución N° 230-SSA/04, gestionados mediante Expediente N° 35.426/02 requiriéndose una ampliación del plazo en ciento veinte (120) días;
Que la empresa expresó por Nota N° 15.930-SIyP/05, la imposibilidad de ejecutar las obras de acuerdo a las fechas límite establecidas en la correspondiente resolución autorizante, debido a diferentes razones de índole administrativa, operativa y climática;
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1° - Otórgase a la empresa Omnivisión S.A. inscripta bajo el N° 152.361 en el Registro de Empresas de Obras en la Vía Pública, una prórroga, modificando el plazo límite establecido en la Resolución N° 230-SSA/04 dictada para el Expediente N° 35.426/02, el cual se traslada al 2/10/05, para la realización de las obras de tendidos de red de televisión por cable, metodología: subterráneo, en la Zona a), Área 2; en el polígono definido por las siguientes arterias: Av. Cabildo (e) Monroe y Congreso, Congreso (e) Av. Cabildo y Av. del Libertador; Av. del Libertador (e) Congreso y Av. Udaondo; Av. Udaondo (e) Av. del Libertador y Av. F. Alcorta, Av. F. Alcorta (e) Udaondo y La Pampa; La Pampa (e) Av. F. Alcorta y Valentín Alsina; Valentín Alsina (e) La Pampa y Olleros; Vías del F.C.G.B.M. (e) Olleros y Av. Monroe; Av. Monroe (e) Vías del F.C.G.B.M. y Av. Cabildo.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para notificación fehaciente de la empresa Omnivisión S.A., de las restantes empresas prestatarias del Servicio de Señal de Televisión por Cable y correspondiente trámite, remítase a la Dirección Coordinación de Tareas en la Vía Pública. Calvo