DECRETO 212 2024

Síntesis:

DESIGNA PARA PRESIDIR - ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SOCIEDAD DEL ESTADO - JAVIER SALAS BULACIO - 28 DE MAYO DE 2024 - DAR TRATAMIENTO - ACTA DE DIRECTORIO N° CCCLXVIII  - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

16/05/2024

Sanción:

15/05/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros 470 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los

Decretos Nros. 768/03, 387/23 y modificatorios, el Expediente Electrónico EX-2024-

17293836-GCABA-CBAS y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° de la Ley N° 470, se creó la sociedad del estado denominada

Corporación Buenos Aires Sur para desarrollar actividades de carácter industrial,

comercial, explotar servicios públicos con el objeto de favorecer el desarrollo humano,

económico y urbano integral del Área de Desarrollo Sur, a fin de compensar las

desigualdades zonales dentro del territorio de la Ciudad, conforme lo dispuesto por el

artículo 18 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2° al Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat;

Que, mediante el Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando, entre otros, al Organismo Fuera de Nivel Corporación Buenos Aires

Sur Sociedad del Estado bajo la órbita del citado Ministerio;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 768/03 se aprobó el texto ordenado del Estatuto

Social de la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado;

Que el artículo vigésimo octavo del mencionado estatuto establece que "Mientras que

la sociedad continúe su giro como sociedad unipersonal del estado de la Ciudad de

Buenos Aires, el Poder Ejecutivo de la Ciudad ejercerá los derechos y obligaciones

que le corresponden a la Asamblea conforme el presente estatuto";

Que asimismo, el artículo trigésimo del citado estatuto social, establece que las

Asambleas serán presididas por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires o por la persona que él mismo designe;

Que, conforme el Acta de Directorio N° CCCLXVIII, suscripta en fecha 29 de abril del

2024, el Directorio de la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado, resolvió

convocar a Asamblea General Ordinaria para el día 28 de mayo de 2024 a las 11.00

horas;

Que la Corporación Buenos Aires Sociedad del Estado comunicó al Poder Ejecutivo la

fecha de convocatoria a la Asamblea General Ordinaria antes mencionada y el Orden

del Día correspondiente;

Que, en este sentido, se propicia la designación del señor Javier Salas Bulacio, D.N.I.

N° 28.987.605, C.U.I.L. N° 20-28987605-8, para que presida la Asamblea General

Ordinaria de la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado, en representación

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo

correspondiente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el artículo trigésimo del

Estatuto Social de la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar al señor Javier Salas Bulacio, D.N.I. N° 28.987.605, C.U.I.L. N°

20-28987605-8, para que presida la Asamblea General Ordinaria de la Corporación

Buenos Aires Sur Sociedad del Estado, en representación del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a celebrarse el día 28 de mayo de 2024 a las 11:00 horas,

o en la fecha en que se celebre.

Artículo 2°.- Facultar al representante designado en el artículo 1° del presente decreto,

para dar tratamiento al orden del día aprobado por Acta de Directorio N° CCCLXVIII

que como Anexo I (IF-2024-17300404-GCABA-CBAS) forma parte integrante del

presente.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado y, para su

conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.

Cumplido, archívese. MACRI - Mraida - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6874