DISPOSICIÓN 16 2024 DIRECCION GENERAL FESTIVALES Y NOCHES CUTURALES

Síntesis:

APRUEBA CONVOCATORIA - PROYECTOS ESCÉNICOS YA ESTRENADOS - FESTIVAL INTERNACIONAL DE BUENOS AIRES - FIBA - 2024 - INSCRIPCIÓN - 15 DE MAYO HASTA EL 12 DE JUNIO DE 2024 - PLATAFORMA - FIBA.AR - BASES Y CONDICIONES

Publicación:

21/05/2024

Sanción:

15/05/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL FESTIVALES Y NOCHES CUTURALES


VISTO: La Ley N° 6.684 el, Decreto N° 470-2023 y su modificatorio 32/2024 y el EX-

2024-18575450-GCABA-DGFNC, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Cultura;

Que el Decreto N° 470/2023, aprobó la estructura orgánica funcional del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando en el

ámbito del Ministerio de Cultura, dependiendo de la Subsecretaría de Gestión Cultural,

a la Dirección General de Festivales y Noches Culturales;

Que a la Dirección General citada se le ha asignado entre sus Responsabilidades

Primarias la de "planificar, coordinar y organizar los festivales a desarrollarse en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires."

Que, en ese marco, la Dirección General mencionada planea organizar la convocatoria

de Proyectos escénicos ya estrenados en el marco del Festival Internacional de

Buenos Aires, con el objetivo de poder llevar a escena obras, proyectos y

performances de nuevos artistas para la próxima edición del FIBA 2024.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del presente.

LA DIRECTORA GENERAL

DE FESTIVALES Y NOCHES CULTURALES

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase la convocatoria de de Proyectos escénicos ya estrenados en el

marco del Festival Internacional de Buenos Aires (FIBA) 2024 con inscripción desde

los días desde el día 15 de Mayo hasta el 12 de Junio de 2024 a traves de la

plataforma fiba.ar

Artículo 2°.- Las bases y condiciones de la convocatoria, se detallan en el ANEXO I (

IF-2024-18883690-GCABA-DGFNC), que a todo fin forma parte integrante de la

presente.-

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Señora Ministra de

Cultura y a la Gerencia Operativa Producción. Cumplido, archívese. Rajtman


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6877

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICADA POR
<p>Artículo 2° de la Disposición 48-DGFNC/24 convalida la Disposición 16-DGFNC/24.</p>