RESOLUCIÓN 806 2024 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

APRUEBA PROTOCOLO - SOLICITUD Y GESTIÓN DE PAGOS DE GUARDIAS Y-O EXTRAS - PERSONAS CONTRATADAS - MODALIDAD LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - PROCEDIMIENTO - CONTRATACIONES DE PERSONAL - LOYS

Publicación:

23/05/2024

Sanción:

20/05/2024

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La ley N° 114 (texto consolidado por ley N° 6.588), el Expediente Electrónico

N° 16918259-GCABA-DGLTACDN/24, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y adolescentes, el cual goza de autonomía técnica y administrativa y

autarquía financiera;

Que mediante IF-2024-18073879-GCABA-DGLTACDN, el titular de la Dirección

Operativa de Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica

y Administrativa de este Consejo, propicia la aprobación del Protocolo por el cual se

establece el procedimiento administrativo de solicitud y gestión del pago de guardias

y/o extras, con el objeto de remunerar aquellos servicios prestados fuera de la jornada

habitual por las personas contratadas bajo modalidad de Locación de Obras y

Servicios (LOyS) que se desempeñan en este organismo;

Que el titular de la mencionada Dirección Operativa de Gestión Financiera informa que

el Protocolo en cuestión fija el circuito administrativo que debe cumplirse para la

solicitud y gestión del pago de guardias y/o extras y los plazos estipulados a dicho

efecto, agregando que el mismo será aplicable a todas las áreas de este Consejo,

según lo requieran;

Que, en virtud de lo informado por el titular de la Dirección Operativa de Gestión

Financiera, y a partir de la experiencia de la gestión, deviene necesario regularizar el

procedimiento de solicitud y gestión del pago de guardias y/o extras a las personas

contratadas por este organismo bajo la modalidad LOyS, en pos de garantizar un

criterio común para todas las áreas de este Consejo, estableciendo responsabilidades

y obligaciones para cada área involucrada;

Que, por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo por el que se apruebe el Protocolo para la solicitud y gestión de pagos

de guardias y/o extras a las personas contratadas bajo la modalidad LOyS que prestan

servicios en este organismo;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado

por Ley N° 6.588) y el Decreto N° 478/23,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Protocolo para la solicitud y gestión de pagos de guardias y/o

extras a las personas contratadas bajo la modalidad Locación de Obras y Servicios

(LOyS) que prestan servicios en este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes, que como Anexo IF-2024-19515318-GCABA-CDNNYA forma parte

integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será

imputado en la partida presupuestaria correspondiente del Ejercicio 2024.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Encomendar al titular de la Dirección Operativa de Gestión Financiera que comunique

a todas las áreas de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y

pase a esa Dirección Operativa dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y

Administrativa del organismo, para demás efectos. Onco


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 806-CDNNYA/24 aprueba el Protocolo para la solicitud y gestión de pagos de guardias y/o<br />extras a las personas contratadas bajo la modalidad Locación de Obras y Servicios (LOyS) que prestan servicios en  el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en el marco de la Ley 2095.</p>