DISPOSICIÓN 10 2024 DIRECCION GENERAL INDUSTRIAS CREATIVAS AUDIOVISUALES Y SOFTWARE

Síntesis:

MODIFICA - RESOLUCIÓN 215/MDECGC/2024 - CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA - PROGRAMA BAPRODUCCIONES INTERNACIONALES SEGUNDA EDICIÓN - RECTIFICA - ERROR MATERIAL - SEGUROS EN PARTICULAR - ACCIDENTES PERSONALES - MONTOS - DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS AUDIOVISUALES Y SOFTWARE - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

Publicación:

27/05/2024

Sanción:

22/05/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL INDUSTRIAS CREATIVAS AUDIOVISUALES Y SOFTWARE


VISTO: La Ley N° 6.684 (T.C. Ley N° 6.588), los Decretos N° 1510/1997, 387-AJG/23

y su modificatorio Decreto 466-AJG/23, el Decreto N° 175/22 y su modificatorio

Decreto N° 125/24, la Resolución N° 125-MDECGC/24 , el Expediente Electrónico N°

08774197-GCABA-DGICAS/24, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.684 (T.C. Ley N° 6.588) aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 23 al Ministerio de

Desarrollo Económico;

Que por el Decreto N° 387-AJG/23, se aprobó la estructura orgánico funcional del

Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad;

Que mediante el Decreto N° 466-AJG/23, se modificó la estructura organizativa del

Ministerio de Desarrollo Económico, creando bajo su dependencia a la Dirección

General Industrias Creativas, Audiovisuales y Software, estableciendo dentro de sus

responsabilidades primarias la de "Asistir en el diseño de políticas productivas

tendientes a estimular y fortalecer las industrias creativas en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires", "Promover políticas que fomenten la creación y el

desarrollo de industrias vinculadas al diseño en el ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires", entre otras;

Que mediante el Decreto N° 175/22 se creó, bajo la órbita del Ministerio de Cultura, el

Programa "BA Producciones Internacionales", cuyo objetivo fundamental es incentivar

las producciones audiovisuales internacionales y fomentar la promoción de la Ciudad a

escala internacional como set de filmación y como punto de interés turístico;

Que por Decreto N° 125/24 se transfirió la ejecución del Programa "BA Producciones

Internacionales" antes mencionado, a la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico;

Que atento lo establecido por el art.124 del Decreto 1510/1997 los errores meramente

materiales o de hecho podrán ser rectificados en cualquier momento;

Que mediante Resolución N° 215-MDECGC/24 se aprobaron las "Bases y

Condiciones Particulares" del Programa "BA Producciones Internacionales" mediante

IF-2024-14577051-GCABA-DGICAS dictado por esta Dirección General, y asimismo,

se convocó a empresas productoras audiovisuales, a participar de la 2° Edición de

dicho Programa;

Que el punto 12.1 de las citadas Bases y Condiciones establece los recaudos que

deberán cumplir los BENEFICIARIOS respecto de los seguros a presentar;

Que en los puntos 2) y 3) se incurrió en un error meramente material en cuanto a que

se aprecia una diferencia entre el monto expresado en números y lo expresado en

cifras, resultando correcto el monto expresado en números;

Que por el Artículo 4° de la normativa mencionada ut supra, se encomendó a la

Dirección General Industrias Creativas, Audiovisuales y Software o la que en el futuro

la reemplace, a dictar las normas instrumentales, interpretativas, complementarias y

todo acto administrativo que fuera menester para la implementación del Programa "BA

Producciones Internacionales";

Que en virtud de ampliar el alcance y llegada de la presente convocatoria a una mayor

cantidad de empresas y productoras audiovisuales interesadas en participar del

Programa es que corresponde modificar las fechas del Cronograma establecidas en

las Bases y Condiciones;

Que, la presente medida se dicta en uso de las atribuciones y facultades conferidas

por el Decreto N° 125/24 y el artículo 4° de la Resolución N° 215-MDECGC/24;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL

DE INDUSTRIAS CREATIVAS, AUDIOVISUALES Y SOFTWARE

DISPONE:

Artículo 1°.- Modifícase el punto 3.3 "Cronograma de la Convocatoria" del Anexo

identificado como (IF-2024-14577051-GCABA-DGICAS) del Programa "BA

Producciones Internacionales, Segunda Edición" , según el detalle que obra en el

Anexo (IF-2024-19989934-GCABA-DGICAS), que forma integrante de la presente.

Artículo 2°.- Rectifícase conforme lo establecido en el art. 124 del Decreto 1510/1997

el error material incurrido en el punto 12.1.c "De los seguros en particular" del Anexo

identificado como (IF-2024-14577051-GCABA-DGICAS) en el Apartado 2) el que

quedará redactado de la siguiente manera a saber: "2) Accidentes Personales: PESOS

CINCO MILLONES($ 5.000.000) por muerte e invalidez y PESOS TRESCIENTOS

CINCUENTA MIL ($ 350.000) por gastos médicos. 3) Responsabilidad Civil Frente a

Terceros:PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000)."

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Slauscius


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6881

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 10-DGICAS-24 modifica el punto 3.3 del anexo -Cronograma de la Convocatoria- del Programa BA Producciones Internacionales, Segunda Edición</p><p>.<br />Artículo 2° rectifica  error material incurrido en el punto 12.1.c apartado 2) del Anexo. </p>