RESOLUCIÓN 4790 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA EL ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - COMISIÓN CENTRAL - ACTA 7-24 - SUSCRIPTA ENTRE REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DELESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA
Publicación:
31/05/2024
Sanción:
28/05/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471 Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (t.c. por Ley N° 6.588), el Decreto N° 465/04, el
Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta N° 07/2024, el Expediente
Electrónico N° 2024-20518542-GCABA-DGTALMHF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 22 de mayo de 2024, se celebró el Acta de Negociación Colectiva
Comisión Central Acta N° 07/2024, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA);
Que los representantes del GCABA y del SUTECBA acuerdan en la Cláusula Primera,
otorgar a los/as agentes de la Carrera de Especialidades Técnico Profesionales de la
Salud, de la Carrera de Profesionales de la Enfermería (CAPE) y de la Carrera de
Administrativa (homologada por la Resolución N° 20/MHGC/14, texto ordenado por la
Resolución N° 2.026/MHGC/22), un incremento remunerativo correspondiente al mes
de Mayo del 2024 del dieciséis por ciento (6%) sobre los haberes del mes de Marzo de
2024 de su agrupamiento (en caso de corresponder), tramo y grado, todo ello
conformidad con el Anexo I de la presente acta.
Que en la Cláusula Segunda acuerdan otorgar a los/as agentes de los escalafones
especiales y residuales del Decreto N°583/05, a los/las trabajadores que se
encuentran revistando en las Plantas Transitorias creadas en el marco del artículo 54
de la Ley N° 471, un incremento remunerativo correspondiente al mes de Mayo del
2024 del dieciséis por ciento (6 %) sobre los haberes del mes de diciembre de 2023.
Que, en la Cláusula Tercera, se acuerda otorgar un incremento de los adicionales
consignados en los Anexos II y III, según los valores detallados en los mismos.
Que, en la Cláusula Cuarta, modificar la suma fija otorgada en la cláusula Cuarta del
Acta de Negociación Colectiva N°02/2024 a partir del mes de mayo 2024, siendo la
misma de Pesos cincuenta mil ($ 50.000).
Que, asimismo, en la Cláusula Quinta, para lo establecido en la cláusula "CUARTA" de
la presente, se deja constancia que las contribuciones establecidas en la Ley N°472
correspondientes a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, estarán a cargo del
empleador.
Que, por último, en la Cláusula Sexta, Las partes acuerdan volver a reunirse durante el
mes de junio de 2024 a efectos de realizar un análisis de la evolución de los índices
inflacionarios a fin de aplicar, en caso de corresponder, posibles correcciones
salariales.
Que, Que las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo, y Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, tomaron intervención, informando ambas que la
presente actuación se encuentra contemplada dentro de las Políticas de Recursos
Humanos, y que el costo asciende a la suma de Pesos Ochenta y dos mil doscientos
cincuenta y nueve millones quinientos diecinueve mil ochocientos noventa y cuatro ($
32.683.459.625 ),
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual
se instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 07/2024;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta
N° 07/2024, suscripta el día 2 de mayo de 2024 entre los representantes del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del
Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo (IF-2024-
20519367-GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Dirección General de Contaduría General, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6885