RESOLUCIÓN 4847 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - COMISIÓN CENTRAL - ACTA 6/2024 - DÍA 22 DE MAYO DE 2024 - REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - FONDO ESTÍMULO ID 6032000 - FONDO ESTIMULO REMUNERATIVO ID 6032100 - ADICIONAL DTO. N° 164/24 - AD. REM. DTO. N° 164/24 - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - PERSONAL - MINISTERIO DE HACIENDA - GERENCIA OPERATIVA DE REGISTROS - DIRECCIÓN GENERAL COMPRAS Y CONTRATACIONES - CONCEPTOS SALARIALES - LIQUIDACIONES
Publicación:
03/06/2024
Sanción:
29/05/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva
Comisión Central N° 6/2024, el Expediente Electrónico N° 2024-20514754-GCABA-
DGTALMHF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 22 de mayo de 2024, se celebró el Acta de Negociación Colectiva
Comisión Central N° 6/2024, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de Relaciones
Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires
(SUTECBA);
Que mediante la misma, las partes acordaron que el personal incluido en el Anexo I
que al 30 de abril revistiese en la Gerencia Operativa Registros dependiente de la
Dirección General de Compras y Contrataciones de la Subsecretaria Gestión
Operativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas y percibiese "Fondo estimulo" (ID
6032000) o "Fondo Estimulo Remunerativo" (ID 6032100), en virtud de las
particularidades del caso, dejará de percibir los mismos y comenzará a percibir los
conceptos "Adicional Dto. N° 164/24" o "Ad. Rem. Dto. N° 164/24" según corresponda,
a partir del 1° de mayo;
Que, asimismo se dejó establecido que los conceptos "Adicional Dto. N° 164/24" o
"Ad. Rem. Dto. N° 164/24", mantienen idénticas reglas/construcciones salariales que
las originalmente establecidas para el "Fondo Estímulo" (ID 6032200) o "Fondo
Estimulo Remunerativo" (ID 6032100);
Que, por otra parte, estipularon que la percepción de los conceptos "Adicional Dto.
N°164/24" o "Ad. Rem. Dto. N° 164/24", será exclusiva para el personal comprendido
en el Anexo I y siempre que el mismo se encuentre revistiendo en la Dirección General
Administración de Bienes dependiente de la Subsecretaría Administración de Bienes
Inmuebles o la que en un futuro la reemplace;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 6588), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual
se instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 6/2024;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta
N° 6/2024, suscripta el día 22 de mayo de 2024 entre los representantes del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del
Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo (IF-2024-
20515709-GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine