RESOLUCIÓN 4890 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN PARITARIA SECTORIAL - MÉDICOS MUNICIPALES - ACTA PARITARIA N° 8/24 - FEDERACIÓN DE PROFESIONALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - OTORGA INCREMENTO REMUNERATIVO - AUMENTO DE REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - CARRERA PROFESIONAL HOSPITALARIA - MODIFICA SUMA FIJA

Publicación:

04/06/2024

Sanción:

30/05/2024

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471 Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (t.c. por Ley N° 6.588), el Decreto N° 465/04, el

Paritaria Sectorial Médicos Municipales Acta Paritaria N° 08/2024, el Expediente

Electrónico EX-2024-20724657-GCABA-DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 22 de mayo de 2024, se celebró la Negociación Paritaria Sectorial

Médicos Municipales Acta Paritaria N° 08/2024, en el marco del Título II de la Ley N°

471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos

Aires y la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos Aires;

Que los representantes del GCABA y de la Asociación de Médicos Municipales de la

Ciudad de Buenos Aires y la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos

Aires acuerdan en la Cláusula Primera, otorgar a los/las profesionales

comprendidos/das en la Carrera Profesional Hospitalaria y en el Régimen de

Residencias, un incremento remunerativo correspondiente al mes de mayo del 2024

del seis por ciento (6%), sobre los haberes del mes de marzo de 2024;

Que en la Cláusula Segunda acuerdan modificar los valores de los Anexos I y II, de

acuerdo a la nomenclatura, conceptos y fecha de vigencia para cada uno de ellos, que

se identifican en los mismos;

Que en la Cláusula Tercera, modifican la suma fija otorgada en el punto Tercero del

Acta Paritaria de Negociación Sectorial N°02/2024, a partir del mes de mayo de 2024,

siendo la misma de pesos cincuenta mil ($ 50,000);

Que a la bonificación mencionada precedentemente, respecto de las contribuciones

emergentes a favor de la Obra Social de los Médicos de la Ciudad de Buenos Aires

(OSMEDICA), estas estarán a cargo de la empleadora (Cláusula Cuarta);

Que por último, en la Cláusula Quinta, las partes acuerdan volver a reunirse durante el

mes de junio de 2024 a efectos de realizar un análisis de la evolución de los Índices

inflacionarios a fin de aplicar, en caso de corresponder, posibles correcciones

salariales;

Que las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo, y Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, tomaron intervención, informando ambas que la

presente actuación se encuentra contemplada dentro de las Políticas de Recursos

Humanos, y que el costo asciende a la suma de Pesos Veintidós mil cincuenta y ocho

millones nueve mil seiscientos veintiséis ($ 22.058.009.626.-);

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 08/2024.

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Paritaria Sectorial Médicos

Municipales Acta Paritaria N° 08/2024, suscripta el día 22 de mayo de 2024, entre

los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la

Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y la Federación de

Profesionales de la Ciudad de Buenos Aires, la que como Anexo (informe grafico IF-

2024-20729530-GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese a la Asociación de Médicos Municipales de la

Ciudad de Buenos Aires y la Federación de Profesionales de la Ciudad de Buenos

Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de

Contaduría General, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del

Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública

y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6887

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Artículo 1º de la Resolucion N° 4890-MHFGC/24 instrumenta el Acta de Negociación Paritaria Sectorial – Médicos Municipales – Acta Paritaria N° 08/2024.</p>