RESOLUCIÓN 73 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Síntesis:
OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - MARÍA M. MANGONE - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNÓN - CROMAÑON - DECRETO 692- 05
Publicación:
15/07/2005
Sanción:
01/07/2005
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05 y la Carpeta N° 1.990-SSDH/05 del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,
CONSIDERANDO:
Que en la Carpeta N° 1.990-SSDH/05 tramita la solicitud presentada por la Sra. María Matilde Mangone, DNI 22.991.852 quien en representación de sus hijos menores requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, establecido por el Decreto N° 692/05;
Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que el Sr. Gerardo Humberto Rossi, DNI 20.575.085, se encontraba en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado;
Que el Sr. Gerardo Humberto Rossi falleció el 15 de junio del corriente y que, ante las circunstancias de vulnerabilidad actuales de los hijos menores alegadas por la solicitante, resulta oportuno otorgar excepcionalmente a la requirente un subsidio de igual monto al establecido en el art. 4° del Decreto N° 692/05;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto N° 692/05;
Por ello,
Artículo 1° - Otórgase a la Sra. María Matilde Mangone, DNI 22.991.852, en representación de sus hijos menores, el subsidio de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por el monto previsto en el artículo 4° del Decreto N° 692/05, de pesos un mil doscientos ($ 1.200).
Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por un monto de pesos un mil doscientos ($ 1.200), con sus correspondientes comisiones bancarias mensuales de pesos uno con veintiuno ($ 1,21).
Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Alegre