DECRETO 245 2024

Síntesis:

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTÍCULO 1° DEL DECRETO N° 245/24 DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO INTERPUESTO POR EL AGENTE LUIS MIGUEL DE ROSE CONTRA LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 150-MJGGC/24, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL. DESESTIMA - RECURSO JERÁRQUICO CONTRA RESOLUCIÓN N° 150-MJGGC/24 - INTERPUESTO POR LUIS MIGUEL DE ROSE

Publicación:

13/06/2024

Sanción:

12/06/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado

por Ley N° 6.588), la Resolución N° 150-MJGGC/24, el Expediente N° 21407899-

GCABA-SSGCOM/19 y el Sumario N° 285/19, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita el recurso jerárquico

interpuesto por el agente Luis Miguel De Rose, F.C. N° 336.509, D.N.I. N° 20.966.183,

CUIL 20-20966183-8 contra los términos de la Resolución N° 150-MJGGC/24, que

dispuso sancionarlo con cinco (05) días de suspensión por haber sido encontrado

responsable del cargo inculpado en el marco del Sumario Administrativo N° 285/19, y

así haber infringido las obligaciones establecidas en el artículo 10, inciso a) y c) de la

Ley N° 471, en función de lo previsto en el artículo 62, inciso c) y e) del mismo plexo

normativo, e incurrir en la violencia contra la mujer definida en el artículo 4° y en los

tipos de ésta, determinados en el artículo 5°, inciso 2) de la Ley de Protección Integral

a las Mujeres N° 26.485, del ordenamiento nacional, modificada por Ley N° 27.533 a la

cual adhirió la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la Ley N° 4.203;

Que con fecha 29 de febrero de 2024, el agente fue notificado de la Resolución N°

150-MJGGC/24;

Que con fecha 20 de marzo de 2024, el señor De Rose interpone recurso jerárquico

contra la Resolución previamente citada;

Que, en la presentación recursiva, el interesado alega que no se respetaron las

garantías constitucionales de defensa en juicio y que el procedimiento goza de vicios

de legitimidad;

Que también aduce ser víctima de hechos violentos, arbitrarios y persecutorios;

Que girados nuevamente los actuados a la Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires, ha tomado intervención de su competencia la Dirección General de

Sumarios, mediante Dictamen N° IF-2024-21981033-GCABA-DGSUM, en donde

analizó cada uno de los agravios vertidos por el quejoso en el escrito referido,

indicando respecto de la sanción recurrida que no existen razones para su

modificación, aconsejando, en consecuencia, rechazar el presente recurso jerárquico y

confirmar el acto administrativo atacado;

Que el solicitante no ha aportado elementos que permitan rever el decisorio adoptado

en la resolución cuestionada, por lo que corresponde rechazar el recurso interpuesto;

Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo expuesto por la

Procuración General en su dictamen Jurídico N° IF-2024-21981033-GCABA-DGSUM,

corresponde desestimar el recurso;

Que, en mérito a las consideraciones vertidas, corresponde dictar el acto

administrativo que desestime el recurso jerárquico incoado.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico interpuesto por el agente Luis Miguel De

Rose, F.C. N° 336.509, D.N.I. N° 20.966.183, CUIL 20-20966183-8 contra los términos

de la Resolución N° 150-MJGGC/24.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado con copia del Dictamen Jurídico N° IF-2024-21981033-GCABA-DGSUM,

dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio

de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123

de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(texto consolidado según Ley N° 6.588), y para su conocimiento y demás efectos

remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. MACRI -

Grindetti