RESOLUCIÓN 91 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

Síntesis:

OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - DIVERSAS PERSONAS - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNÓN - CROMAÑON - DECRETO 692-05

Publicación:

21/07/2005

Sanción:

08/07/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS


Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05 y las Carpetas Nros. 1.082-SSDH/05, 989-SSDH/05, 1.133-SSDH/05, 1.011-SSDH/05, 1.076-SSDH/05, 1.083-SSDH/05, 847-SSDH/05, 1.032-SSDH/05, 1.306-SSDH/05, 745-SSDH/05, 915-SSDH/05, 1.138-SSDH/05, 1.139-SSDH/05, 814-SSDH/05, 821-SSDH/05, 822-SSDH/05, 1.023-SSDH/05, 874-SSDH/05, 1.038-SSDH/05, 885-SSDH/05, 769-SSDH/05, 1.012-SSDH/05, 1.155-SSDH/05, 1.064-SSDH/05, 1.193-SSDH/05, 815-SSDH/05, 1.006-SSDH/05, 850-SSDH/05, 1.126-SSDH/05, 1.264-SSDH/05, 1.263-SSDH/05, 856-SSDH/05, 750-SSDH/05, 1.000-SSDH/05, 1.109-SSDH/05, 709-SSDH/05, 1.037-SSDH/05, 1.013-SSDH/05, 975-SSDH/05 y 842-SSDH/05, todas del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,

CONSIDERANDO:

Que en las carpetas señaladas en el visto tramitan las solicitudes presentadas por personas que en representación de sus hijos menores, requieren el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;

Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que los hijos menores de solicitantes se encuentran en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado, acreditando asimismo el vínculo con los mismos;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el art. 2° del Decreto N° 692/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase a las personas detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución y en representación de sus hijos menores, el subsidio previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por el monto consignado en el Anexo I.

Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Alegre


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 1-SSDH-06 Prorroga por cuatro meses el subsidio otorgado por Res. 91-SSDH-05