DECRETO 4805 1989
Síntesis:
PROMULGA LA ORDENANZA N° 43519
Publicación:
14/08/1989
Sanción:
05/07/1989
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Buenos Aires, 5 de julio de 1989.
Atento que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 31 del Decreto Ley N° 19.987 (B.M. N° 14.454), la Ordenanza N° 43.519 (Expediente N° 28.179/89), cuyo texto obra precedentemente, ha quedado automáticamente promulgada, dése al Registro Municipal; publíquese en el Boletín Municipal; gírese copia a la Dirección General Legislativa de ese Honorable Cuerpo y para su conocimiento, notificación del caso y demás fines, remítase a la Dirección General de Vialidad, que por cuerda separada propondrá para la presente norma las modificaciones que propicia a fs. 6 del legajo de que se trata; cumplido, gírese a la Dirección General de Vialidad.
El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Obras Públicas.