RESOLUCIÓN 111 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

Síntesis:

OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - DIVERSAS PERSONAS - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNÓN - CROMAÑON - DECRETO 692-05

Publicación:

27/07/2005

Sanción:

14/07/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS


Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05 y las Carpetas Nros. 2.251-SSDH/05, 1.653-SSDH/05, 735-SSDH/05, 1.300-SSDH/05, 1.352-SSDH/05, 1.606-SSDH/05, 2.074-SSDH/05, 1.649-SSDH/05, 2.386-SSDH/05, 1.310-SSDH/05, 1.651-SSDH/05, 2.120-SSDH/05, 1.480-SSDH/05, 1.965-SSDH/05, 1.801-SSDH/05, 2.117-SSDH/05, 640-SSDH/05, 1.764-SSDH/05, 633-SSDH/05, 2.098-SSDH/05, 2.229-SSDH/05, 1.366-SSDH/05, 2.204-SSDH/05, 2.280-SSDH/05, 1.399-SSDH/05, 1.309-SSDH/05, 1.726-SSDH/05, 1.343-SSDH/05, 1.369-SSDH/05, 1.485-SSDH/05, 1.389-SSDH/05, 993-SSDH/05, 2.552-SSDH/05, 2.316-SSDH/05 y 1.423-SSDH/05, todas del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,

CONSIDERANDO:

Que en las carpetas señaladas en el visto tramitan las solicitudes presentadas por personas que en representación de sus hijos menores, requieren el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;

Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que los hijos menores de los solicitantes se encuentran en la situación descripta en el artículo 5° del decreto antes mencionado, acreditando asimismo el vínculo con los mismos;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 692/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase a las personas detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución y en representación de sus hijos menores, el subsidio previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por el monto consignado en el Anexo I.

Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 1-SSDH-06 Prorroga por cuatro meses el subsidio otorgado por Res. 111-SSDH-05