RESOLUCIÓN 1151 2024 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

CREA  - COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS - UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES  - UOA - DIRECCIÓN GENERAL LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - ENTENDER EN TODA CONTRATACIÓN REGIDA POR LEY 2095 MODIFICADA POR LEY 6647 Y EL DECRETO REGLAMENTARIO 129-23- SE DESIGNAN MIEMBROS TITULARES - LAURA INÉS BERDEAL - LISANDRO NICOLÁS SINISGALLI Y GASTÓN IVÁN ÁNGEL LOBASSO SUPLENTES - RICARDO JOSÉ VALDEZ Y PABLO HERNÁN BARBERA 

Publicación:

15/07/2024

Sanción:

11/07/2024

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: Las Leyes N° 114 y N° 2.095 (textos consolidados por Ley N° 6.588),

modificada esta última por la Ley N° 6.647, el Decreto Reglamentario N° 129/23, la

Resolución N° 2.624-MHGC/08, la Disposición N° 464-GCABA-DGCYC/24, el

Expediente Electrónico N° 24788351-GCABA-DGLTACDN/24, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6. 588) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y adolescentes, el cual goza de autonomía técnica y administrativa y

autarquía financiera;

Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6. 588), modificada por la Ley N°

6.647 establece las normas básicas para los procesos de compras, ventas y

contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 99 de la mencionada Ley establece que la evaluación de las ofertas

está a cargo de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la que se constituye en el

organismo licitante y que su integración es determinada por el nivel del funcionario

competente para emitir el acto administrativo de autorización del llamado a

convocatoria para selección del cocontratante;

Que los artículos 99 y 100 del Decreto N° 129/23, por el que se aprobó la

reglamentación de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588), modificada por la

Ley N° 6.647, establecen que en cada Unidad Operativa de Adquisiciones funciona

una Comisión de Evaluación de Ofertas integrada por tres (3) miembros como mínimo,

quienes emitirán un Dictamen de evaluación de ofertas dentro de los diez (10) días

contados desde la fecha de apertura de las propuestas o el que se fije en el Pliego de

Bases y Condiciones Particulares en función de la complejidad de la contratación;

Que por la Resolución N° 2.624-MHGC/08 se constituyó la Unidad Operativa de

Adquisiciones (UOA) de este Consejo estableciéndose que la misma se encuentra a

cargo del titular de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este

organismo;

Que mediante la Disposición N° 464-GCABA-DGCYC/24, la Dirección General de

Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas,

autorizó la Unidad Operativa de Adquisición (UOA) N° 10.279 del Consejo de los

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

Que mediante NO-2024-26205721-GCABA-DGLTACDN, el titular de la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa propicia la designación de los/as agentes

Gastón Iván Ángel Lobasso, DNI N° 37.424.483, Laura Inés Berdeal, DNI N°

22.269.322, y Lisandro Nicolás Sinisgalli, DNI N° 36.763.657, como miembros titulares

de la Comisión de Evaluación de Ofertas; y la designación de los agentes Ricardo

José Valdez, DNI N° 28.936.076, y Pablo Hernán Barbera, DNI N° 29.093.141, como

miembros suplentes de la Comisión de Evaluación de Ofertas; quienes poseen

conocimientos y capacidades técnicas suficientes;

Que resulta necesario delegar la facultad de modificar la conformación de la Comisión

de Evaluación de Ofertas en el titular de la Dirección General Legal, Técnica y

Administrativa de este Consejo, en virtud de aportar la debida celeridad a las

contrataciones efectuadas en el marco de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley

N° 6. 588), modificada por la Ley N° 6.647 y su Decreto Reglamentario N° 129/23;

Que en virtud de lo expuesto precedentemente, resulta procedente dictar el acto

administrativo por el cual se cree la Comisión de Evaluación de Ofertas dependiente

de la Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) y se designen los miembros titulares y

suplentes de la misma;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 2.095 (textos

consolidados por Ley N° 6.588) modificada por la Ley N° 6.647, el Decreto

Reglamentario N° 129/23, y el Decreto N° 478/23,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Crear la Comisión de Evaluación de Ofertas dependiente de la Unidad

Operativa de Adquisiciones (UOA) de la Dirección General Legal Técnica y

Administrativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para

entender en toda contratación regida por la Ley N° 2.095 (textos consolidados por Ley

N° 6.588), modificada por la Ley N° 6.647 y el Decreto Reglamentario N° 129/23.

Artículo 2°.- Designar como miembros titulares de la Comisión Evaluadora de Ofertas

a los/as agentes Laura Inés Berdeal (DNI N° 22.269.322), Lisandro Nicolás Sinisgalli

(DNI N° 36.763.657) y Gastón Iván Ángel Lobasso (DNI N° 37.424.483).

Artículo 3°.- Designar como miembros suplentes de la Comisión Evaluadora de Ofertas

a los agentes Ricardo José Valdez (DNI N° 28.936.076) y Pablo Hernán Barbera (DNI

N° 29.093.141).

Artículo 4°.- Establecer que las miembros titulares de la Comisión Evaluadora

intervendrán en forma conjunta y, en caso de que alguna de ellos se ausente,

viéndose imposibilitado de cumplir con sus funciones, será reemplazado por un

miembro suplente. Los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas no tendrán

derecho a percibir contraprestación alguna por esta función.

Artículo 5°.- Delegar la facultad de modificar la conformación de la Comisión de

Evaluación de Ofertas en el titular de la Dirección General Legal, Técnica y

Administrativa de este Consejo.

Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a la Unidad de Auditoría Interna (UAI) del organismo y, para su

conocimiento, notificación a los/as interesados/as y demás efectos, pase a la Dirección

Operativa de Compras y Contrataciones, dependiente de la Dirección General Legal,

Técnica y administrativa de este Consejo. Onco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1151-CDNNYA-24 crea la Comisión de Evaluación de Ofertas dependiente de la Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) de la Dirección General Legal Técnica y Administrativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para entender  en toda contratación regida por la Ley 2095 (textos consolidados por Ley 6588) modificada por Ley 6647 y el Decreto Reglamentario 129-23</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1151-CDNNYA-24 crea la Comisión de Evaluación de Ofertas dependiente de la Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) de la Dirección General Legal Técnica y Administrativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para entender  en toda contratación regida por la Ley 2095 (textos consolidados por Ley 6588) modificada por Ley 6647 y el Decreto Reglamentario 129-23en el marco de la Disposicion 464-DGCYC-24</p>