RESOLUCIÓN 5931 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
ADECÚA CLASIFICACIÓN INSTITUCIONAL APROBADA POR RESOLUCIÓN 7658-MHFGC-23 - MODIFICA CLASIFICADOR PROGRAMATICO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Publicación:
16/07/2024
Sanción:
11/07/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 6684, la Ley N° 6724, el Decreto N° 2.128-MCBA-94, el Decreto N°
469/96, la Resolución N° 7.658-MHFGC-23, el Expediente N° 05739693-GCABA-
DGOGPP-24, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 2.128-MCBA-94 se adoptaron en el ámbito de la entonces
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires los clasificadores de Gastos y Recursos
vigentes en 1994 a nivel nacional;
Que por Decreto N° 469-GCBA-96 se facultó al entonces Secretario de Hacienda y
Finanzas a efectuar las adecuaciones que resulte necesario introducir en las
clasificaciones adoptadas por el Decreto N° 2.128-MCBA-94.
Que por Resolución N° 7.658-MHFGC-23 se aprobó una actualización integral de
todas las clasificaciones de gastos y recursos vigentes a esa fecha;
Que resulta necesario efectuar la pertinente adecuación del Clasificador Institucional
conforme la organización institucional aprobada por la Ley de Ministerios N° 6.684, su
decreto reglamentario y modificatorios, así como también la Ley N° 6724 respecto a la
creación del Instituto de Estadística y Censos;
Que, asimismo, se debe readecuar el Clasificador del Gasto por Categoría
Programática para incorporar las subactividades dentro de las categorías vigentes;
Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos N° 2.128-MCBA-94 y
N° 469-GCBA-96,
Artículo 1°.- Adecuar la Clasificación Institucional aprobada por la Resolución N°
7.658-MHFGC-23, conforme el detalle que obra como Anexo I (IF-2024-26309977-
GCABA-DGOGPP), que, a todos los efectos, forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 2°.- Modificar el Clasificador Programático, aprobado por Resolución N° 7.658-
MHYFGC-23, conforme el detalle que obra como Anexo II (IF-2024-26309934-
GCABA-DGOGPP) que a todos los efectos, forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y,
comuníquese a los distintos Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Compras y
Contrataciones, a la Dirección General Contaduría y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine