RESOLUCIÓN 714 2024 MINISTERIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

APRUEBA MODIFICACIÓN - ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL - POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - JEFATURA - SUBJEFATURA - SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD COMUNAL - SUPERINTENDENCIA DE OPERACIONES - SUPERINTENDENCIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SUPERINTENDENCIA DE ORDEN URBANO - SUPERINTENDENCIA PACIFICACIÓN DE BARRIOS - SUPERINTENDENCIA DE POLICÍA CIENTÍFICA - SUPERINTENDENCIA DE INVESTIGACIONES - SUPERINTENDENCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO -SUPERINTENDENCIA LUCHA CONTRA EL CIBERCRIMEN - DIRECCIÓN AUTÓNOMA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD GUBERNAMENTAL - DIRECCIÓN AUTÓNOMA COORDINACIÓN Y ENLACE CON EL ISSP - DIRECCIÓN AUTÓNOMA DE ALCAIDIAS

Publicación:

18/07/2024

Sanción:

15/07/2024

Organismo:

MINISTERIO DE SEGURIDAD


VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.588) y 6.684, el

Decreto N° 387/23 y su modificatorio N° 223/24, el Expediente Electrónico N°

26390463-GCABA-JPCDAD/24, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente citado en el visto tramita el procedimiento que modifica la

estructura orgánica funcional de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, acorde el

Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución;

Que, mediante la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre en su artículo 2°, al

Ministerio de Seguridad;

Que la Ley N° 5.688 creó el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires determinando las bases jurídicas e institucionales

fundamentales del mismo;

Que en su artículo 12 se establece que el Ministerio de Seguridad es responsable de

la planificación estratégica de las políticas de seguridad pública y la dirección superior

de la Policía de la Ciudad, a través de las dependencias que determine su estructura;

Que, cabe señalar que el artículo 68 de la precitada Ley creó la Policía de la Ciudad

de Buenos Aires, que cumple con las funciones de seguridad general, prevención,

conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes,

y de auxiliar de la Justicia;

Que, al respecto, el artículo 80 de la misma Ley dispone que el ámbito de actuación

territorial y la esfera de actuación funcional de las unidades operacionales de la Policía

de la Ciudad, así como su composición, dimensión y despliegue son establecidas por

el Ministerio de Seguridad, sobre la base de la descentralización territorial prevista en

la Ley N° 1.777;

Que, resulta oportuno indicar que de acuerdo al artículo 78 inciso 3) de dicha Ley el

Jefe de Policía propone al Ministro de Seguridad la estructura orgánica de las

dependencias, organizando los servicios a través del dictado de resoluciones internas;

Que, por otra parte, mediante el Decreto N° 387/23 y su modificatorio N° 223/24 se

aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose el Ministerio de Seguridad y bajo su

dependencia a la Secretaría de Seguridad, entre cuyas responsabilidades primarias

contempla, entre otras, las de "Ejercer la dirección, coordinación y supervisión de la

Policía de la Ciudad mediante la planificación, formulación y ejecución de estrategias

policiales de control de delito y la violencia", como así también "Asistir al Ministro de

Seguridad en el diseño logístico del sistema de seguridad metropolitano, dirigiendo y

coordinando junto con el Jefe Policial, la actuación y las actividades generales y

específicas de la Policía de la Ciudad";

Que, sobre el particular, surge de las actuaciones de referencia que, el Jefe de Policía

de la Ciudad tomó la intervención de su competencia, propiciando la modificación de la

estructura orgánica funcional de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, consecuentemente, el Secretario de Seguridad otorgó la debida conformidad

para la prosecución del trámite;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado intervención;

Que en función de lo expuesto, dados los antecedentes obrantes en los actuados y las

intervenciones de las áreas competentes, corresponde el dictado del acto

administrativo que modifique la estructura orgánica funcional de la Policía de la Ciudad

de Buenos Aires, acorde el Anexo que forma parte integrante de la presente

Resolución;

Por ello, en uso de las facultades conferidas en las Leyes Nros. 6.684, 5.688 y el

Decreto N° 387/23 modificado por N° 223/24,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la modificación de la estructura orgánica funcional de la Policía de

la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con el Anexo I (Organigrama), identificado

como IF-2024-26391712-GCABA-JPCDAD, el que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Jefatura y Subjefatura de Policía de la

Ciudad, a la Secretaría de Coordinación, a la Subsecretaría de Capital Humano, a la

Dirección General Administración de Recursos Humanos y Compensaciones, a la

Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Seguridad.

Cumplido, archívese. Wolff


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6915

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 714-MSEGC/24 aprueba la modificación de la estructura orgánica funcional de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por la Resolución N° 6-MJYSGC/17.</p>