DECRETO 268 2024
Síntesis:
DESIGNA - DIRECTOR EJECUTIVO - INSTITUTO DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - JOSÉ MARÍA DONATI - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
19/07/2024
Sanción:
18/07/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes 6.684 y 6.724, el Expediente Electrónico 23673518-GCABA-
DGAJRH/24, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2° entre los Ministerios del
Poder Ejecutivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante la Ley 6.724 se estableció el marco legal que regirá al Sistema
Estadístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SEC), así como también su
estructura, sus principios y sus normas generales;
Que mediante el artículo 6° de la citada Ley se crea el Instituto de Estadísticas y
Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IDECBA), como ente autárquico en
el orden administrativo y financiero, que funcionará en el ámbito de la Jefatura de
Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 8° de la mencionada norma, indica que el IDECBA es dirigido por un/a
Director/a Ejecutivo/a con rango, jerarquía y remuneración de Subsecretario/a, quien
durará cinco (5) años en sus funciones, pudiendo ser renovado. El Director Ejecutivo
debe ser graduado universitario y contar con antecedentes curriculares en estadística;
Que a su vez, en su artículo 9°, se establece el procedimiento de designación, donde
el Jefe de Gabinete de Ministros propondrá una (1) persona y publicará el nombre,
apellido y los antecedentes curriculares de la misma en el Boletín Oficial de la Ciudad
de Buenos Aires. Los/las ciudadanos/as, las organizaciones no gubernamentales, los
colegios, las asociaciones profesionales y las entidades académicas podrán, en el
plazo de quince (15) días hábiles contados desde su publicación, presentar por el
medio que se disponga en la publicación, por escrito y de modo fundado y
documentado, observaciones respecto del candidato, sin perjuicio de las
presentaciones que se realicen en el mismo plazo, podrá requerirse opinión a
organizaciones de relevancia en el ámbito profesional, judicial y académico a los fines
de su valoración;
Que agrega el citado artículo que dentro de los quince (15) días hábiles, contados
desde el vencimiento del plazo de presentación de observaciones, se remitirá al Jefe
de Gobierno los antecedentes de la nominación con las observaciones recibidas, quien
dentro de un plazo de siete (7) días hábiles, tomará la decisión de designar al/la
candidato/a o retirar la candidatura de la persona propuesta y reiniciar el
procedimiento de selección;
Que en función de ello, el Jefe de Gabinete de Ministros propuso al Lic. José María
Donati, D.N.I. N° 16.975.643, C.U.I.L. N° 20-16975643-1, como Director Ejecutivo del
Instituto de Estadísticas y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se
publicó la mencionada propuesta en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el
24 de Junio de 2024;
Que transcurrido el plazo de ley, no se han presentado impugnaciones a la propuesta
de designación referida;
Que, en virtud de lo expuesto se propicia la designación, a partir del 17 de julio de
2024, del Lic. José María Donati, D.N.I. N° 16.975.643, C.U.I.L. N° 20-16975643-1,
como Director Ejecutivo del Instituto de Estadísticas y Censos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, organismo bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 17 de julio de 2024, al Lic. José María Donati, D.N.I.
N° 16.975.643, C.U.I.L. N° 20-16975643-1, como Director Ejecutivo del Instituto de
Estadísticas y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, organismo bajo la
órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quedando su alta definitiva supeditada
al otorgamiento de la licencia correspondiente a la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP).
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado según Ley 6.588), comuníquese a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones Generales
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Liquidación de Haberes, todas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad
Pública, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete
de Ministros. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti