RESOLUCIÓN 3220 2024 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
VIGENCIA ESPECIAL ENTRE EL 15 DE JULIO Y EL 15 DE AGOSTO DE 2024 - APRUEBA - PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN DEL NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
19/07/2024
Sanción:
16/07/2024
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Los Decretos Nros. 468/94, 208/01, 387/23 y 204/24, las Resoluciones Nros.
2716-MSGC/20, 2307/MSGC/24 y 2366/MSGC/24, 2826/MSGC/24, el Expediente
Electrónico N° EX-2024-26661321-GCABA-DGCRFS, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de Salud para que
proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de Prestaciones de
Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador;
Que el Decreto N° 208/01 encomendó a la entonces Secretaría de Salud la fijación de
los valores que deberán abonar las entidades obligadas por las prestaciones
brindadas por sus efectores, correspondiendo hoy esas atribuciones al Ministerio de
Salud;
Que la Resolución N° 2716-MSGC-20 designó la conformación de la nueva Comisión
Permanente de Actualización del Nomenclador;
Que la mencionada Comisión presentó una propuesta de actualización del
Nomenclador de Prestaciones de Salud, para regir entre el 15 de julio y el 15 de
agosto de 2024;
Que, dicha propuesta contempla la actualización, conforme la variación del IPC Salud
CABA de Junio 2024;
Que, de acuerdo con las solicitudes recibidas, conforme al procedimiento establecido a
tal fin, y la evaluación que la mencionada Comisión, se propone un aumento general
para la actualización del nomenclador de manera de cubrir el aumento de precios
ocurrido desde la última actualización;
Que dicha actualización cuenta con una propuesta de altas, bajas y modificaciones de
códigos;
Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención en virtud del
Decreto N° 254/24;
Que, mediante Decreto N° 254/24, se modifica a partir del 1 de junio 2024, la
estructura orgánico funcional de este Ministerio de Salud, como así también la
denominación de esta orgánica propiciante, actualmente Dirección General
Coordinación de Redes y Financiaieno en Saud.
Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,
Artículo 1°.- Apruébase la propuesta de actualización del Nomenclador de
Prestaciones de Salud del Ministerio de Salud como Anexo "I", registrado como
informe IF-2024-26662669-GCABA-DGCRFS, que forma parte integral de la presente.
Artículo 2°.- Déjase establecido que el nuevo Nomenclador de prestaciones de Salud,
tendrá vigencia entre el 15 de julio y el 15 de agosto de 2024.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y
Gestión en Red, a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Subsecretaría de
Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaría de Administración
del Sistema de Salud, a la Dirección General Coordinación de Redes y Financiamiento
en Salud, a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria, a la Dirección
General Legal y Técnica. Cumplido archívese. González Bernaldo de Quirós