LEY 6727 2024
Síntesis:
CONDONA DEUDA - IMPUESTO INMOBILIARIO - TASA RETRIBUTIVA - SERVICIOS DE ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA - ABL - MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS - FUNDACIÓN SWAMI SHIVAPREMANANDA - EN LIQUIDACIÓN - ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL DE NIÑOS DR RICARDO GUTIÉRREZ - CALLE GALLO N° 1261/63/73/79 - PARTIDA INMOBILIARIA N° 448341 - CALLE COMBATE DE LOS POZOS N° 541 - PISO 8° - UNIDAD FUNCIONAL N° 84 - PARTIDA INMOBILIARIA N° 1641707
Publicación:
22/07/2024
Sanción:
13/06/2024
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
06/07/2024
Artículo 1°.- Se condona la deuda que mantiene la Fundación SWAMI
SHIVAPREMANANDA (en liquidación) y la Asociación Cooperadora del Hospital de
Niños Dr. Ricardo Gutiérrez con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
en concepto del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de los Servicios de
Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros,
respecto de los inmuebles detallados a continuación:
1. Calle Gallo N° 1.261/63/73/79 - Partida Inmobiliaria N° 448.341.
2. Calle Combate de los Pozos N° 541, Piso 8°, Unidad Funcional N° 84 - Partida
Inmobiliaria N° 1.641.707
Art. 2°.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda
condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna
abonada.
Art. 3°.- Si existiera a la fecha reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la
presente norma se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi
Buenos Aires, 18 de julio de 2024
Por medio de la presente, certifico que la Ley 6727, en trámite por expediente
electrónico N° 23915440-GCABA-DGCCN-2024, sancionada por la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 13 de junio de 2024, ha quedado
automáticamente promulgada el 6 de julio de 2024 en virtud de lo dispuesto en el
artículo 86 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección
General Coordinación y Consolidación Normativa, comuníquese al Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Kamian