RESOLUCIÓN 124 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

Síntesis:

OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - DIVERSAS PERSONAS - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNÓN - CROMAÑON - DECRETO 692-05

Publicación:

01/08/2005

Sanción:

18/07/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS


Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05 y las Carpetas Nros. 2.545-SSDH/05, 733-SSDH/05, 1.826-SSDH/05, 2.151-SSDH/05, 1.518-SSDH/05, 1.710-SSDH/05, 1.610-SSDH/05, 1.985-SSDH/05, 801-SSDH/05, 2.507-SSDH/05, 2.487-SSDH/05, 967-SSDH/05, 789-SSDH/05, 1.979-SSDH/05, 1.982-SSDH/05, 1.789-SSDH/05, 794-SSDH/05, 632-SSDH/05, 2.398-SSDH/05, 1.915-SSDH/05, 642-SSDH/05, 2.003-SSDH/05, 1.051-SSDH/05, 2.537-SSDH/05, 627-SSDH/05, 1.696-SSDH/05, 607-SSDH/05, 1.599-SSDH/05, 1.983-SSDH/05, 1.821-SSDH/05, 1.903-SSDH/05, 1.108-SSDH/05, 1.984-SSDH/05, 2.155-SSDH/05, 1.705-SSDH/05, 746-SSDH/05, 1.840-SSDH/05, 1.743-SSDH/05, 2.492-SSDH/05, 2.489-SSDH/05, 1.708-SSDH/05, 1.797-SSDH/05, 1.402-SSDH/05 y 2.085-SSDH/05, todas del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,

CONSIDERANDO:

Que en las carpetas señaladas en el visto tramitan las solicitudes presentadas por personas que requieren el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;

Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que los solicitantes se encuentran en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el art. 2° del Decreto N° 692/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase a las personas detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, el subsidio previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por el monto consignado en el Anexo I.

Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 1-SSDH-06 Prorroga por cuatro meses el subsidio otorgado por Res. 124-SSDH-05