RESOLUCIÓN 891 2024 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
CONVALIDA - PRECIOS - PRODUCTOS - TIENDA DEL TEATRO COLÓN - TUCUMÁN 1171 - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - STANDS MÓVILES - DIRECCIÓN GENERAL Y ARTÍSTICA - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Publicación:
23/07/2024
Sanción:
18/07/2024
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO: La Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley 6.588) y su Decreto reglamentario
N° 1.342/08, las Resoluciones nros 133/GCABA-SSHA/22, 1.510/GCABA-EATC/23,
2.052/GCABA-EATC/23 y el Expediente Electrónico N° EX-2024-26605920-GCABA-
DGTALEATC;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la convalidación los precios de venta a
partir del 1° de mayo del 2024 sobre los productos aprobados por Resolución N°
2.052/GCABA-EATC/23 como así también los precios de los nuevos productos que se
encuentran a la venta desde el 1 de mayo del corriente año, correspondientes a la
Tienda del Teatro Colón, ubicada en Tucumán 1171 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y los stands móviles con dichos productos, en lugares a determinar por
la Dirección General y Artística de este Ente Autárquico;
Que tomó intervención la Gerencia Operativa Promoción Comercial y Financiera en el
marco de su competencia a través del Informe Técnico IF-2024-26638696-GCABA-
DGTALEATC, en el que indica que "en virtud de la situación económica del país, se
considera propicio convalidar los precios de venta a partir del 1° de mayo del 2024
sobre los productos aprobados por Resolución N° 2052-GCABA-EATC/23 como asi
también los precios de los nuevos productos que se lanzan a la venta,
correspondientes a la Tienda del Teatro Colón";
Que en el mismo sentido, dicha Gerencia Operativa acompaña mediante IF-2024-
26617071-GCABA-DGTALEATC el detalle de los nuevos valores vigentes a partir del
1° de mayo del 2024 sobre los productos aprobados por Resolución N° 2.052/GCABA-
EATC/23;
Que asimismo, a través de IF-2024-26618101-GCABA-DGTALEATC indica los valores
de los productos nuevos, que se incorporan a la venta de la Tienda del Teatro Colón
desde el 1° de mayo del corriente año;
Que mediante la Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley 6.588) se creó el Ente
Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en
esa Ley;
Que por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley;
Que el artículo 2° de la citada Ley, dispone que es misión de este Ente "crear, formar,
representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de
cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición
histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires";
Que el artículo 3° de la Ley establece entre las diferentes funciones en favor de este
Coliseo para procurar el cumplimiento de su misión, la de "...facilitar al conjunto de los
habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la
Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que
desarrolla" (inciso b) y la de " entender en la planificación, programación y ejecución
de actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara -
y experimental" (inciso c);
Que el inciso I) del artículo 14 de la Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley 6.588)
establece como función del Director/a General "Planificar y ejecutar las actividades
que correspondan para el desarrollo de los objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón
y las actividades de los recursos humanos, físicos, económicos financieros y
patrimoniales";
Que el artículo 28 en su inciso f), dispone que entre los recursos propios del Ente
Autárquico del Teatro Colón "Los ingresos provenientes de contratos de
coproducciones, convenios de colaboración, arriendo de salas, alquiler de
producciones, comercialización de impresos, grabaciones, filmaciones, videos o
cualquier medio de reproducción o difusión, y contratos de publicidad";
Que a su vez, el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires faculta al
Poder Ejecutivo para "establecer los precios de entrada a los complejos deportivos,
recreativos o similares y a los espectáculos, visitas guiadas y actividades especiales
que organice, incluidos los aranceles por los servicios complementarios que se presten
en los complejos, salas, locales o espacios donde aquellos se realicen" (cfr. Artículo
527 Capítulo II);
Que en el marco de estas consideraciones surge, pues, evidente que la autonomía
funcional y la autarquía financiera y la competencia en el grado y la materia asignada
por la Ley 2855 (texto consolidado por la Ley 6.588), determinan que este Ente pueda
per se establecer el precio correspondiente de los productos que se venden en la
Tienda del Teatro Colón, en la Tienda Web y en los stands móviles;
Que a través de la NO-2022-38489156-GCABA-EATC, la Dirección General y Artística
solicitó a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal que arbitre los medios
necesarios para poner en funcionamiento una tienda con productos que representen al
Teatro Colón en el Pasaje de Carruajes de este Teatro, así como también stands
móviles con dichos productos en lugares a determinar por dicha Dirección General;
Que mediante Resolución N° 133-GCABA-SSHA/22, se aprobó la Licitación Pública N°
614-0102-LPU22 que tuvo por objeto la contratación de un servicio integral de
provisión de una plataforma informática para la emisión, gestión, venta de entradas,
merchandising, localidades de actividades y/o eventos con alquiler de equipos,
provisión de insumos y puestos de boletería para ser utilizado en todo el gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se adjudicó a la firma ENTRADAUNO SRL
(CUIT N°33715125159);
Que mediante Resolución N° 2.052/GCABA-EATC/23, se modificó la Resolución N°
1.510/GCABA-EATC/23, y se aprobaron los nuevos precios sobre productos ya a la
venta y sobre nuevos productos comercializados en la Tienda del Teatro Colón,
situada en Tucumán 1171 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los stands
móviles con dichos productos, en lugares a determinar por la Dirección General y
Artística del Ente Autárquico Teatro Colón, vigentes desde el 1° de diciembre de 2023,
conforme los valores establecidos en su Anexo adjunto (IF-2023-45194394-GCABA-
DGTALEATC);
Que la Gerencia Operativa Promoción Comercial y Financiera, la Gerencia Operativa
Gestión Sectorial (OGESE) y la Coordinación General de Asuntos Legales todas
dependientes de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal han tomado
intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.855 (texto consolidado por la
Ley 6.588),
Artículo 1°.- Convalidar los precios que rigen desde el 1° de mayo de 2024,
correspondientes a los productos de la Tienda del Teatro Colón, ubicada en Tucumán
1171 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los stands móviles con dichos
productos, en lugares a determinar por la Dirección General y Artística de este Ente
Autárquico, conforme los valores establecidos en el Anexo adjunto (IF-2024-
26617071-GCABA-DGTALEATC), el cual forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Convalidar los precios que rigen desde el 1° de mayo de 2024
correspondientes a los nuevos productos de la Tienda del Teatro Colón, ubicada en
Tucumán 1171 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los stands móviles con
dichos productos, en lugares a determinar por la Dirección General y Artística de este
Ente Autárquico, conforme los valores establecidos en el Anexo adjunto (IF-2024-
26618101-GCABA-DGTALEATC), el cual forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Determinar la vigencia de los precios correspondientes a los productos de
la Tienda del Teatro Colón, ubicada en Tucumán 1171 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y los stands móviles con dichos productos, en lugares a determinar por
la Dirección General y Artística de este Ente Autárquico, oportunamente aprobados
por Resolución N° 2.052/GCABA-EATC/24 hasta el 30 de abril de 2024 inclusive.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase
a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal para su comunicación a todas
las Direcciones Generales del Ente Autárquico Teatro Colón. Notifíquese a la firma
ENTRADAUNO S.R.L. Cumplido, archívese. Telerman