DISPOSICIÓN 80 2024 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Síntesis:

APRUEBA - LISTADO DE TALLERES PRESENCIALES - DESDE EL 2/8 HASTA EL 1/12 - AÑO 2024 - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - AUTORIZACIÓN MADRE/PADRE/TUTOR/TUTORA - AUTORIZACIÓN DE USO DE LA IMAGEN - DIRECCION GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Publicación:

26/07/2024

Sanción:

18/07/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA


VISTO: La Ley N° 6.684; el Decreto N° 387-GCBA-23, su modificatorio Decreto N°

232- GCBA-24 y el EX-2024-09911740-GCABA-DGPLBC, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6684 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los

Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran

conferidas por la misma, contemplando al Ministerio de Cultura;

Que por Decreto N° 387-GCBA-23 y su modificatorio Decreto N° 232-GCBA-24 se

aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando bajo la órbita del Ministerio de

Cultura a la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura;

Que dentro de las responsabilidades primarias de la presente Dirección General se

encuentran las de "Programar y supervisar las actividades, programación y gestión de

los centros culturales barriales y espacios culturales descentralizados que le

dependen" y "Proponer, programar, difundir y realizar actividades de promoción y

animación de la Lectura", entre otras;

Que mediante el Decreto N° 3697/84 se dispuso la realización del Programa Cultural

en los Barrios;

Que dicho Programa tiene como objetivo gestionar y coordinar el funcionamiento de

Centros Culturales que promuevan la democratización de la cultura a través de la

descentralización de bienes y servicios en los distintos barrios y comunas de la

Ciudad, a fin de ofrecer a los vecinos un primer acercamiento a ciertas disciplinas

artísticas como Música, Danza y Movimiento, Actuación, Audiovisual y Multimedia,

Artes Visuales, Circo, Misceláneas, Diseño, Literatura, Comunicación, entre otras;

Que, con el objetivo de continuar generando espacios de encuentro para satisfacer la

demanda de actividades culturales, acercando nuevas ofertas y propuestas a los

vecinos de la ciudad,

Que, resulta de interés dar a conocer la inscripción de talleres presenciales, en el

marco del Programa Cultural en Barrios, a fin de brindar acceso a estos bienes y

servicios culturales a los vecinos y vecinas de manera gratuita;

Que la oferta del segundo semestre del año en curso comprende talleres y

actividades, destacando que las personas interesadas en inscribirse deberán dar

cumplimiento a los requisitos solicitados en el Anexo I y Anexo II tales como edad,

cupo, horario, días, etc;

Que, en este sentido, la inscripción se efectuará de forma presencial del 29 de julio al

2 de agosto del corriente año en todos los centros culturales y de manera virtual del 22

de julio al 2 de agosto del corriente año; Por lo expuesto, corresponde dictar el

presente acto administrativo;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCION GENERAL DE PROMOCIÓN

DEL LIBRO,BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el listado de talleres presenciales que se llevarán a cabo

desde el 2 de Agosto hasta el 1 de diciembre del año 2024, obrante en el IF-2024-

27193601-GCABA-DGPLBC, que a todos sus efectos forma parte integrante del

presente, y cuya inscripción estará abierta desde del 29 de julio al 2 de agosto del

corriente año, de manera presencial en todos los centros culturales y de manera virtual

del 22 de julio al 2 de agosto del corriente año.

Artículo 2°.- Establécese que la inscripción se efectuará mediante el "Formulario de

Inscripción" (IF-2024-10848570 -GCABA-DGPLBC) que fuera aprobado por DI-2024-

23-GCABA-DGPLBC, que forma parte integrante del presente y que estará disponible

en https://portalinscripciones.scp.buenosaires.gob.ar/#/actividades/1/?.

Artículo 3°.- Establécese que serán de aplicación para los talleres aprobados en el

presente acto administrativo la "Autorización Madre/Padre /Tutor/Tutora" (IF- 2024-

10848655-GCABA-DGPLBC) y la " Autorización de uso de la imagen" (IF- 2024-

10848873-GCABA-DGPLBC) aprobados oportunamente por DI-2024-23-GCABA-

DGPLBC.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido,

archívese. Solano Martínez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6921

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposicion 88 - dgplbc-24 amplia el plazo de inscripción a los talleres aprobados por Diposicion 80-DGPLBC/24.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° de la  Disposición N° 80/DGPLBC/24 establece que la inscripción se efectuará mediante el “Formulario de Inscripción” (IF-2024-10848570 -GCABA-DGPLBC) que fuera aprobado por Disposición N° 23-DGPLBC/24.</p><p>Artículo 3° establece que serán de aplicación para los talleres aprobados en el presente acto administrativo la “Autorización Madre/Padre /Tutor/Tutora” (IF- 2024- 10848655-GCABA-DGPLBC) y la Autorización de uso de la imagen (IF- 2024- 10848873-GCABA-DGPLBC) aprobados oportunamente por Disposición N° 23-DGPLBC/24.</p>