RESOLUCIÓN 137 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

Síntesis:

OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - CESAR BRANZINI - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNÓN - CROMAÑON - DECRETO 692-05

Publicación:

03/08/2005

Sanción:

20/07/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS


Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05 y la Carpeta N° 2.493-SSDH/05 del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,

CONSIDERANDO:

Que en la carpeta señalada en el visto tramita la solicitud presentada por el Sr. Branzini, César Ismael, DNI 8.443.011, quien requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;

Que el fallecimiento de la víctima se encuentra corroborado de conformidad a lo prescripto por el artículo 2° de la Resolución N° 54-SSDH/05;

Que el requirente ha acompañado documentación a los fines de acreditar el vínculo que lo unía con su hija, la Sra. Branzini Mangiarotti, Romina Tamara, DNI 26.471.645, víctima fatal de los hechos acaecidos en la fecha arriba citada, en el local República de Cromagnón, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución N° 54-SSDH/05;

Que, en consecuencia, resulta procedente reconocer al peticionante, el subsidio previsto en el artículo 4° del Decreto N° 692/05;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 692/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase al Sr. Branzini, César Ismael, DNI 8.443.011, el subsidio de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por el monto previsto en el artículo 4° del Decreto N° 692/05, de pesos un mil doscientos ($ 1.200).

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por un monto de pesos un mil doscientos ($ 1.200), con sus correspondientes comisiones bancarias mensuales de pesos uno con veintiuno ($ 1,21).

Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 1-SSDH-06 Prorroga por cuatro meses el subsidio otorgado por Res. 137-SSDH-05