DECRETO 1135 2005

Síntesis:

PROMULGA LA LEY 1727

Publicación:

03/08/2005

Sanción:

26/07/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 1.727, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 23 de junio de 2005.

Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás efectos a las Secretarías de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable y de Seguridad y a la Subsecretaría de Justicia.

El presente decreto es refrendado por los señores Secretarios de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable y de Seguridad, y por el señor Jefe de Gabinete.IBARRA - Epszteyn - Gorgal - Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGA