RESOLUCIÓN 148 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

Síntesis:

OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - DIVERSAS PERSONAS - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNÓN - CROMAÑON - DECRETO 692-05

Publicación:

05/08/2005

Sanción:

22/07/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS


Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05 y las Carpetas Nros. 2.013-SSDH/05, 2.083-SSDH/05, 2.006-SSDH/05, 2.005-SSDH/05, 1.978-SSDH/05, 2.091-SSDH/05, 1.841-SSDH/05, 2.088-SSDH/05, 1.463-SSDH/05, 1.832-SSDH/05, 1.836-SSDH/05, 1.943-SSDH/05, 1.944-SSDH/05, 1.936-SSDH/05, 1.851-SSDH/05, 1.853-SSDH/05, 1.989-SSDH/05, 1.657-SSDH/05, 1.933-SSDH/05, 2.061-SSDH/05, 1.570-SSDH/05, 1.890-SSDH/05, 1.939-SSDH/05, 1.888-SSDH/05, 1.676-SSDH/05, 2.090-SSDH/05, 1.987-SSDH/05, 1.722-SSDH/05, 1.773-SSDH/05, 1.884-SSDH/05, 1.972-SSDH/05, 1.768-SSDH/05, 1.815-SSDH/05, 1.883-SSDH/05, 1.829-SSDH/05, 2.093-SSDH/05, 1.977-SSDH/05, 1.843-SSDH/05 y 2.039-SSDH/05, todas del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,

CONSIDERANDO:

Que en las carpetas señaladas en el visto tramitan las solicitudes presentadas por personas que requieren el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;

Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que los solicitantes se encuentran en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el art. 2° del Decreto N° 692/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase a las personas detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, el subsidio previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por el monto consignado en el Anexo I.

Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.


ANEXOS

Ver archivo 1

Ver archivo 2

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 1-SSDH-06 Prorroga por cuatro meses el subsidio otorgado por Res. 148-SSDH-05