RESOLUCIÓN 154 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

Síntesis:

OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - DIVERSAS PERSONAS - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNÓN - CROMAÑON - DECRETO 692-05

Publicación:

08/08/2005

Sanción:

26/07/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS


Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05 y las Carpetas Nros. 2.401-SSDH/05, 2.295-SSDH/05, 2.227-SSDH/05, 2.087-SSDH/05, 2.313-SSDH/05, 2.152-SSDH/05, 817-SSDH/05, 2.332-SSDH/05, 2.139-SSDH/05, 1.850-SSDH/05, 2.304-SSDH/05, 2.550-SSDH/05, 2.272-SSDH/05, 2.413-SSDH/05, 2.253-SSDH/05, 1.781-SSDH/05, 2.556-SSDH/05, 2.245-SSDH/05, 2.509-SSDH/05, 2.145-SSDH/05, 2.485-SSDH/05, 2.502-SSDH/05, 2.486-SSDH/05, 1.280-SSDH/05, 2.128-SSDH/05, 2.368-SSDH/05 y 2.367-SSDH/05, todas del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,

CONSIDERANDO:

Que en las carpetas señaladas en el visto tramitan las solicitudes presentadas por personas que en representación de sus hijos menores, requieren el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;

Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que los hijos menores de solicitantes se encuentran en la situación descripta en el artículo 5° del decreto antes mencionado, acreditando asimismo el vínculo con los mismos;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 692/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°- Otórgase a las personas detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente rsolución y en representación de sus hijos menores, el subsidio previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por el monto consignado en el Anexo I.

Artículo 3° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.


ANEXOS

Ver archivo 1

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 1-SSDH-06 Prorroga por cuatro meses el subsidio otorgado por Res. 154-SSDH-05