RESOLUCIÓN 6863 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN PARITARIA - COMISIÓN CENTRAL - ACTA PARITARIA 17/2024 - SUSCRIPCIÓN - FECHA13 DE JUNIO DE 2024 - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - OBSBA - CONTINUACIÓN - PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN POR UN AÑO - AGENTES ADHERIDOS AL RETIRO VOLUNTARIO APROBADO POR DECRETO N° 191/24

Publicación:

16/08/2024

Sanción:

14/08/2024

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471 Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (t.c. por Ley N° 6.588), el Decreto N° 465/04, el

Acta Paritaria Comisión Central N° 17/2024, el Expediente Electrónico N° 2024-

29367509-GCABA-DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 13 de junio de 2024, se celebró la Negociación Paritaria Comisión

Central Acta Paritaria N° 17/2024, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA);

Que, los representantes del GCABA y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) se reunieron con motivo de la situación

planteada por lo dispuesto por el Decreto N° 191/24 de retiro voluntario, que establece

que, quienes se desvincularen como consecuencia de su adhesión, continuarán con la

cobertura de la ObSBA durante el plazo de 1 año, acordando en consecuencia lo que

a continuación se detalla;

Que, las partes acordaron que la ObSBA continuará prestando los servicios de

atención a aquellos agentes que, una vez vencido el plazo de 1 año del retiro, decidan

continuar siendo afiliados de la Obsba;

Que, dicha continuidad se efectivizará: a) A través del pago directo por parte del

agente a la Obsba, equivalente a la suma total de los aportes del afiliado, con más la

suma de las contribuciones a cargo del Gobierno, en los términos de lo dispuesto en el

art. 17 de la Ley 472 y b) Con el pago de los aportes a cargo del afiliado en los

términos del art. 3 inc A, del Dto-Ley 1721/97 y art. 4 de la Ley 3021, todo ello a la

fecha de finalización del retiro, la misma se ajustará a través de los acuerdos paritarios

que suscriban a partir de esa fecha en adelante el GCABA y SUTECBA;

Que las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo, y Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, tomaron intervención, informando ambas que la

presente actuación se encuentra contemplada dentro de las Políticas de Recursos

Humanos, ascendiendo el costo de la misma a la suma de Pesos Seiscientos sesenta

y siete millones ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos setenta y uno ($

667.876.471.-);

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumente el Acta Paritaria Comisión Central N° 17/2024.

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Paritaria Comisión Central Acta

Paritaria N° 17/2024, suscripta el día 13 de junio de 2024, entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (informe grafico IF-2024-29368390-GCABA-DGTALMHF) forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos,

pase a la Dirección General de Contaduría General, a la Subsecretaria de Gestión de

Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6937

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 6863/MHFGC/24 instrumenta el Acta de Negociación Paritaria – Comisión Central – Acta Paritaria N° 17/2024.</p>