RESOLUCIÓN 6863 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN PARITARIA - COMISIÓN CENTRAL - ACTA PARITARIA 17/2024 - SUSCRIPCIÓN - FECHA13 DE JUNIO DE 2024 - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - OBSBA - CONTINUACIÓN - PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN POR UN AÑO - AGENTES ADHERIDOS AL RETIRO VOLUNTARIO APROBADO POR DECRETO N° 191/24
Publicación:
16/08/2024
Sanción:
14/08/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471 Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (t.c. por Ley N° 6.588), el Decreto N° 465/04, el
Acta Paritaria Comisión Central N° 17/2024, el Expediente Electrónico N° 2024-
29367509-GCABA-DGTALMHF y;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 13 de junio de 2024, se celebró la Negociación Paritaria Comisión
Central Acta Paritaria N° 17/2024, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA);
Que, los representantes del GCABA y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) se reunieron con motivo de la situación
planteada por lo dispuesto por el Decreto N° 191/24 de retiro voluntario, que establece
que, quienes se desvincularen como consecuencia de su adhesión, continuarán con la
cobertura de la ObSBA durante el plazo de 1 año, acordando en consecuencia lo que
a continuación se detalla;
Que, las partes acordaron que la ObSBA continuará prestando los servicios de
atención a aquellos agentes que, una vez vencido el plazo de 1 año del retiro, decidan
continuar siendo afiliados de la Obsba;
Que, dicha continuidad se efectivizará: a) A través del pago directo por parte del
agente a la Obsba, equivalente a la suma total de los aportes del afiliado, con más la
suma de las contribuciones a cargo del Gobierno, en los términos de lo dispuesto en el
art. 17 de la Ley 472 y b) Con el pago de los aportes a cargo del afiliado en los
términos del art. 3 inc A, del Dto-Ley 1721/97 y art. 4 de la Ley 3021, todo ello a la
fecha de finalización del retiro, la misma se ajustará a través de los acuerdos paritarios
que suscriban a partir de esa fecha en adelante el GCABA y SUTECBA;
Que las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo, y Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, tomaron intervención, informando ambas que la
presente actuación se encuentra contemplada dentro de las Políticas de Recursos
Humanos, ascendiendo el costo de la misma a la suma de Pesos Seiscientos sesenta
y siete millones ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos setenta y uno ($
667.876.471.-);
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471, los acuerdos
arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la
misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;
Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumente el Acta Paritaria Comisión Central N° 17/2024.
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Paritaria Comisión Central Acta
Paritaria N° 17/2024, suscripta el día 13 de junio de 2024, entre los representantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como
Anexo (informe grafico IF-2024-29368390-GCABA-DGTALMHF) forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos,
pase a la Dirección General de Contaduría General, a la Subsecretaria de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine