LEY 375 2000

Síntesis:

PRORROGA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE ALFABETIZACIÓN EDUCACIÓN BÁSICA Y TRABAJO

Publicación:

17/07/2000

Sanción:

11/05/2000

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° - Prorrógase hasta el 31 de diciembre del 2001 la ejecución del Programa Municipal de Alfabetización, Educación Básica y Trabajo, creado por Ordenanza N° 48.563 (B.M. N° 19.924), con la dotación íntegra del personal que se encontraba prestando servicios al 31 de diciembre de 1999.

Art. 2° - El Programa que se prorroga por la presente Ley cuenta con la partida presupuestaria incluida en el presupuesto vigente, correspondiente al Area de Educación del Adulto y del Adolescente.

Art. 3° - Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 6 de julio de 2000.

En virtud de lo prescripto en el Art. 8° del Decreto N° 2.343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 375 (Expediente N° 34.036-2000), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 11 de mayo de 2000, ha quedado automáticamente promulgada el día 15 de junio de 2000.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, pase para su conocimiento y demás efectos a las Secretarías de Educación y de Hacienda y Finanzas, en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese.

María Andrea Caruso

Subsecretaria Legal y Técnica

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Ley 375, prorroga la ejecución del Programa Municipal de Alfabetización, Educación Básica y Trabajo, creado por la Ordenanza 48563, hasta el 31 de diciembre de 2001. </p>