DISPOSICIÓN 446 2024 CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO
Síntesis:
RECTIFICA - NUMERACIÓN CORRELATIVA - DISPOSICIÓN 388-DGCATRA-24 - PLAN OPERATIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO
Publicación:
21/08/2024
Sanción:
14/08/2024
Organismo:
CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), 5.920, N°
5.688 y 6.684 y los Decretos Nros. 695/2009, 387/2023 y sus modificatorias y
243/2024, las Disposiciones Nros. 41/DGCATRA/2024 y su modificatoria,
293/DGCATRA/2024, 388/DGCATRA/2024, y el EX-2024-20541300-GCABA-
DGCATRA y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el visto tramitó la aprobación del Plan
Operativo de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito en el marco del Plan
Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que teniendo en cuenta la aprobación de la Disposición N° 388/DGCATRA/2024 que
dejo sin efecto la Disposición N° 293/DGCATRA/2024, que actualizo el Plan Operativo
de Emergencias del Cuerpo de Agentes de Tránsito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de acuerdo al Decreto N° 243/2024;
Que, en el mencionado acto dispositivo aprobatorio del Plan Operativo de la Dirección
General Cuerpo de Agentes de Tránsito, se observó que por error material involuntario
de tipeo se consignó sucesivamente en la numeración correlativa el número de
"Artículo 2°" cuando conforme a la correlatividad numérica debía consignarse "Artículo
3°" por lo cual, es necesario y oportuno que tal acto sea rectificado;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 387/2023/AJG y sus
modificatorios.
Artículo 1°.- Rectificar la numeración correlativa de la Disposición N°
388/DGCATRA/2024, de tal forma que el último artículo dispositivo corresponde al
"Artículo 3°" (tercero), el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 3°.- Dar registro, publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comunicar para su conocimiento a la Subsecretaría de Tránsito,
Subsecretaria de Emergencias y la Secretaría de Transporte. Cumplido, archivar.
Ricciardi."
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comunicar para su conocimiento a la Subsecretaría de Tránsito, Subsecretaria de
Emergencias y la Secretaría de Transporte. Cumplido, archivar. Ricciardi