DISPOSICIÓN 482 2024 CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO
Síntesis:
SUSTITUYE ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 41-DGCATRA/24 - Y SU MODIFICATORIA DISPOSICIÓN N° 91-DGCATRA/24 - INCORPORA - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN N° 31 - REGLAMENTO E INSTRUCTIVO - ACTUACIÓN DEL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
23/08/2024
Sanción:
21/08/2024
Organismo:
CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO
VISTO: Las Leyes N° 2.148, N° 5.688 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), el
Decreto N° 387/23 y sus modificatorias, la Resolución Conjunta N° 472/MHFGC/2020,
las Disposiciones N° 41/DGCATRA/24, N° 91/DGCATRA/2024 y el EX-2024-
30322907-GCABA-DGCATRA y
CONSIDERANDO:
Que el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte es la autoridad de
control del tránsito y el transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo
determinado en el Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley N° 2.148 (texto
consolidado por la Ley N° 6.588), y sus modificatorias;
Que mediante Ley N° 5.688 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), se establecen las
bases jurídicas e institucionales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función,
organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e
institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y
estrategias de seguridad pública;
Que por medio del artículo 500 del referido plexo normativo se determinó que el
Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte es la autoridad de control del
tránsito y el transporte en la Ciudad de Buenos Aires, según lo determinado en el
artículo 1.1.3 del Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley N° 2.148 y sus
modificatorias;
Que conforme surge del artículo 501 de la Ley N° 5.688, el Cuerpo de Agentes de
Control de Tránsito y Transporte es un cuerpo civil, uniformado, no armado,
debidamente identificado, que tiene como misión hacer cumplir las disposiciones del
Código de Tránsito y Transporte, el ordenamiento y control del tránsito peatonal y
vehicular incluido todo tipo de transporte, la difusión entre la población de los principios
de prevención, seguridad vial y movilidad sustentable y la asistencia y participación en
los programas de educación vial que se establezcan;
Que, por su parte, el artículo 507 de la misma Ley, dispone que el Cuerpo de Agentes
de Control de Tránsito y Transporte está a cargo de un Director General que tendrá las
funciones que le otorga el artículo 509 que, a su vez, faculta al Director General del
Cuerpo de Agentes de Tránsito a dirigirlo ejecutiva y operativamente, así como
también velar por el cumplimiento de las funciones de dicho cuerpo;
Que mediante la Resolución Conjunta N° 472/MHFGC/2020 (B.O.C.B.A. N° 5886), se
aprobó la estructura organizativa de la Dirección General Cuerpo de Agentes de
Tránsito;
Que teniendo en cuenta la importancia institucional del Cuerpo de Agentes de Tránsito
en el Sistema Integral de Seguridad Pública, como así también en la prevención y
constatación de infracciones a la normativa de faltas y contravencional, se torna
imperiosa la implementación de nuevas modalidades y estrategias en el empleo de los
recursos, tanto materiales como humanos, que tiendan a la eficiencia y eficacia de los
mismos;
Que, en función de lo ante dicho, oportunamente esta Dirección General Cuerpo de
Agentes de Tránsito aprobó por la Disposición 41/DGCATRA/24, el Reglamento e
Instructivo de Actuación del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, a
los fines de optimizar la calidad de los servicios prestados a los ciudadanos.
Que, desde su implementación, la Disposición N° 41/DGCATRA/2024 fue modificada
por Disposición N° 91/DGCATRA/2024;
Que en razón a la dinámica operacional que involucra la actuación del Cuerpo de
Agentes de Tránsito, y la constante evolución de las condiciones de servicio, resulta
necesario y oportuno dictar el presente acto administrativo con el objeto de sustituir los
Anexos N° 7, 12, 19 y 29, titulados "Protocolo de Actuación N° 7: Remisión de
Vehículos", "Protocolo de Actuación N° 12: Operativo de Control de Alcoholemia",
"Protocolo de Actuación N° 19: Operativo de Control de Velocidad", y "Protocolo de
Actuación N° 29: Playas de Acarreo de Vehículos", aprobados por la Disposición N°
41/DGCATRA/2024 modificada por la Disposición N° 91/DGCATRA/2024, a efectos de
integrar como de actualizar el referido Reglamento e Instructivo de Actuación del
Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte para la actuación operativa del
Cuerpo de Agentes de Tránsito;
Que en virtud del mencionado artículo 511 de la Ley N° 5.688, la dinámica operacional
y la constante evolución resulta oportuno incorporar el Protocolo de Actuación N° 31
denominado "Operativo de Control en la Avenida General Paz", a efectos de integrar y
actualizar lo necesario para la optimización de la actuación operativa del Cuerpo de
Agentes de Tránsito;
Que la Subsecretaría de Tránsito ha tomado intervención y ha prestado conformidad
con el trámite aquí propiciado;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias, en virtud del Decreto N°
387/AJN/2023 y sus modificatorias.
Artículo 1.- Sustituir los anexos titulados Anexos nro. 7 "Protocolo de Actuación N° 7:
Remisión de Vehículos", 12 "Protocolo de Actuación N° 12: Operativo de Control de
Alcoholemia", 19 "Protocolo de Actuación N° 19: Operativo de Control de Velocidad", y
29 "Protocolo de Actuación N° 29: Playas de Acarreo de Vehículos", aprobados por la
Disposición 41/DGCATRA/24 y su modificatoria por Disposición N°
91/DGCATRA/2024, los que forman parte del Reglamento e Instructivo de Actuación
del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte por lo preceptuado en los
Anexos Nros. 7 "Protocolo de Actuación N° 7: Remisión de Vehículos" IF-2024-
31183749-GCABA-DGCATRA, 12 "Protocolo de Actuación 12: Operativo de Control de
Alcoholemia" IF-2024-31455428-GCABA-DGCATRA, 19 "Protocolo de Actuación N°
19: Operativo de Control de Velocidad" IF-2024-31455407 -GCABA- DGCATRA y 29
"Protocolo de Actuación N° 29: Playas de Acarreo de Vehículos", IF-2024-31190562-
GCABA-DGCATRA, los que forman parte del presente acto administrativo, y que
entrarán en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 2.- Incorporar el "Protocolo de Actuación N° 31: Operativo de Control en la
Avenida General Paz", IF-2024-31190847-GCABA- DGCATRA al Reglamento e
Instructivo de Actuación del Cuerpo de Agentes de Tránsito de Control de Tránsito y
Transporte aprobado por la Disposición N° 41/DGCATRA/2024 y modificado por
Disposición N° 91/DGCATRA/2024, cuyo Anexo 31 forma parte del presente acto
administrativo, y que entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Articulo 3.- Establecer que el Reglamento e Instructivo de actuación del Cuerpo de
Agentes de Control de Tránsito y Transporte, será de aplicación obligatoria y material
de consulta permanente para los agentes de Tránsito en el marco de la prestación de
servicios en esta Dirección General.
Artículo 4.- Notificar a todo el Personal operativo perteneciente al Cuerpo de Agentes
de Tránsito sobre el presente acto administrativo junto con sus anexos para su efectivo
cumplimiento.
Articulo 5.-Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comunicar para su conocimiento a la Secretaría de Transporte, y a la Subsecretaria de
Tránsito. Cumplido, archivar. Ricciardi