RESOLUCIÓN 808 2024 MINISTERIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 453-MJYSGC/23 - APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE ASCENSO ORDINARIO DEL PERSONAL CIVIL SIN ESTADO POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD
Publicación:
28/08/2024
Sanción:
23/08/2024
Organismo:
MINISTERIO DE SEGURIDAD
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.
401/20, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente N° 31157388-GCABA-
DGGDCH/24, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.588) creo a Policía de la
Ciudad, el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad y el Sistema Integral de Seguridad
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinando las bases jurídicas e
institucionales que rigen la relación de empleo del personal;
Que, asimismo, el Título IV del Libro II de la mencionada Ley regula diferentes
aspectos aplicables al personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que, por otra parte, mediante el Decreto N° 401/20, se aprobó el Estatuto del Personal
Civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad (Anexo I), reglamentando
parcialmente la Ley N° 5.688, en lo relativo al proceso de ascenso del personal civil sin
estado policial de la Policía de la Ciudad, y a diversos aspectos aplicables al Personal
civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, consecuentemente, el artículo 16 del Anexo I del Decreto mencionado en el
párrafo que antecede, establece las condiciones que deben reunir los postulantes para
el ascenso del personal civil de la Policía de la Ciudad.;
Que, sobre el particular, el artículo 17 del mismo Anexo determina que: "(...) La gestión
de este proceso será llevada a cabo por la Dirección General Gestión de Capital
Humano (...)";
Que, en este marco, mediante Resolución N° 453-MJYSGC/23 se aprobó el
Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso ordinario del personal
civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad, que se llevó a cabo en el año 2023;
Que, en ese orden de ideas, resulta oportuno mencionar que mediante Decreto N°
387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendiéndose bajo la órbita del
Ministerio de Seguridad a la Dirección General Gestión de Capital Humano, entre
cuyas responsabilidades primarias, se encuentran la de "Ejecutar y desarrollar los
procesos de ascenso del personal de la Policía de la Ciudad, Cuerpo de Bomberos y
Cuerpo de Agentes de la Ciudad";
Que, de esta manera, cabe destacar que el Instituto Superior de Seguridad Pública, la
Jefatura de Policía de la Ciudad, la Subsecretaría Capital Humano y la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal han tomado la debida intervención de sus
competencias;
Que, al respecto, los Secretarios de Coordinación y de Seguridad otorgaron
conformidad elevando las actuaciones para su continuidad;
Que en función de lo expuesto, dados los antecedentes obrantes en los actuados y las
intervenciones de las áreas con competencia en la materia, corresponde el dictado del
acto administrativo que aprueba el "Procedimiento para la implementación del régimen
de ascenso ordinario del personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad",
correspondiente al año 2024, conforme lo establecido en su respectivo Anexo;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.688 y el Decreto N°
401/20,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 453-MJYSGC/23.
Artículo 2°.- Aprobar el "Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso
ordinario del personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad" que como
Anexo IF-2024-31916521-GCABA-DGGDCH forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Jefatura y Subjefatura de la Policía de
la Ciudad, a la Secretaría de Coordinación, a la Subsecretaría Capital Humano, a la
Dirección General Gestión del Capital Humano y al Instituto Superior de Seguridad
Pública. Cumplido, archívese. Wolff