RESOLUCIÓN 808 2024 MINISTERIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 453-MJYSGC/23  - APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE ASCENSO ORDINARIO DEL PERSONAL CIVIL SIN ESTADO POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

28/08/2024

Sanción:

23/08/2024

Organismo:

MINISTERIO DE SEGURIDAD


VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.

401/20, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente N° 31157388-GCABA-

DGGDCH/24, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.588) creo a Policía de la

Ciudad, el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad y el Sistema Integral de Seguridad

Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinando las bases jurídicas e

institucionales que rigen la relación de empleo del personal;

Que, asimismo, el Título IV del Libro II de la mencionada Ley regula diferentes

aspectos aplicables al personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que, por otra parte, mediante el Decreto N° 401/20, se aprobó el Estatuto del Personal

Civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad (Anexo I), reglamentando

parcialmente la Ley N° 5.688, en lo relativo al proceso de ascenso del personal civil sin

estado policial de la Policía de la Ciudad, y a diversos aspectos aplicables al Personal

civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, consecuentemente, el artículo 16 del Anexo I del Decreto mencionado en el

párrafo que antecede, establece las condiciones que deben reunir los postulantes para

el ascenso del personal civil de la Policía de la Ciudad.;

Que, sobre el particular, el artículo 17 del mismo Anexo determina que: "(...) La gestión

de este proceso será llevada a cabo por la Dirección General Gestión de Capital

Humano (...)";

Que, en este marco, mediante Resolución N° 453-MJYSGC/23 se aprobó el

Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso ordinario del personal

civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad, que se llevó a cabo en el año 2023;

Que, en ese orden de ideas, resulta oportuno mencionar que mediante Decreto N°

387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica funcional del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendiéndose bajo la órbita del

Ministerio de Seguridad a la Dirección General Gestión de Capital Humano, entre

cuyas responsabilidades primarias, se encuentran la de "Ejecutar y desarrollar los

procesos de ascenso del personal de la Policía de la Ciudad, Cuerpo de Bomberos y

Cuerpo de Agentes de la Ciudad";

Que, de esta manera, cabe destacar que el Instituto Superior de Seguridad Pública, la

Jefatura de Policía de la Ciudad, la Subsecretaría Capital Humano y la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal han tomado la debida intervención de sus

competencias;

Que, al respecto, los Secretarios de Coordinación y de Seguridad otorgaron

conformidad elevando las actuaciones para su continuidad;

Que en función de lo expuesto, dados los antecedentes obrantes en los actuados y las

intervenciones de las áreas con competencia en la materia, corresponde el dictado del

acto administrativo que aprueba el "Procedimiento para la implementación del régimen

de ascenso ordinario del personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad",

correspondiente al año 2024, conforme lo establecido en su respectivo Anexo;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.688 y el Decreto N°

401/20,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 453-MJYSGC/23.

Artículo 2°.- Aprobar el "Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso

ordinario del personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad" que como

Anexo IF-2024-31916521-GCABA-DGGDCH forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Jefatura y Subjefatura de la Policía de

la Ciudad, a la Secretaría de Coordinación, a la Subsecretaría Capital Humano, a la

Dirección General Gestión del Capital Humano y al Instituto Superior de Seguridad

Pública. Cumplido, archívese. Wolff


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6945

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° de la Resolución 808-MSEGC/24 aprueba el Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso ordinario del personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución 808-MSEGC/24 deja sin efecto la Resolución 453-MJYSGC/23.</p>