RESOLUCIÓN 335 2024 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
VIGENCIA A PARTIR DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL - MODIFICA - RESOLUCIÓN 291-AGIP-24 - PRORROGA - PLAZO DE RECATEGORIZACIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Publicación:
29/08/2024
Sanción:
27/08/2024
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: El Capítulo XII del Título II del Código Fiscal (t.o. 2024) y sus modificatorias
Leyes Nros. 6.719 (BOCBA N° 6895) y 6.721 (BOCBA N° 6895), la Ley Tarifaria para
el año 2024 y sus modificatorias Leyes Nros. 6.717 (BOCBA N° 6888), 6.720 y 6721
(ambas BOCBA N° 6895), las Resoluciones Nros. 284-GCABA-AGIP/24 (BOCBA N°
6929) y 291-GCABA-AGIP/24 (BOCBA N° 6930) y el Expediente N°
32106488/GCABA-DGANFA/24, y
CONSIDERANDO:
Que el Capítulo XII del Título II del Código Fiscal vigente establece un Régimen
Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes locales de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sustituyendo la obligación de tributar por el
sistema general del tributo para aquellos contribuyentes que resulten alcanzados;
Que por medio de la Ley N° 6.721 se han incorporado diversas modificaciones en el
Código Fiscal vigente y en la Ley Tarifaria para el año 2024 relacionadas con la
determinación de los parámetros monetarios del Régimen Simplificado del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos;
Que los ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida durante los doce
(12) meses anteriores al de la recategorización, juntamente con la superficie afectada
a esa fecha al desarrollo de la actividad, determinan la categoría en la cual el
contribuyente o responsable debe encuadrarse;
Que el artículo 16 de la Resolución N° 284-GCABA-AGIP/24 establece que la
recategorización en el Régimen Simplificado debe efectuarse por semestre calendario
vencido, en los meses de enero y julio, mediante Declaración Jurada remitida por
transferencia electrónica de datos, debiendo ingresar al aplicativo disponible en la
página Web del Organismo (www.agip.gob.ar) con Clave Ciudad Nivel 02;
Que asimismo, el artículo 4° de la Resolución N° 291-GCABA-AGIP/24 prorroga hasta
el día 31 de agosto de 2024, el plazo de recategorización de los contribuyentes
incluidos en el Régimen Simplificado correspondiente al mes de julio, conforme los
términos del artículo 16 de la Resolución N° 284-GCABA-AGIP/24;
Que es propósito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mantener
una fluida relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y
forma con sus obligaciones;
Que en virtud de brindar una mayor certeza y previsibilidad a los contribuyentes del
Régimen Simplificado, resulta oportuno proceder a prorrogar el plazo de
recategorización.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 4° de la Resolución N° 291-GCABA-AGIP/24, por el
siguiente: "Artículo 4°.- Prorrógase hasta el día 16 de septiembre de 2024, el plazo de
recategorización de los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado
correspondiente al mes de julio, conforme los términos del artículo 16 de la Resolución
N° 284-GCABA-AGIP/24."
Artículo 2°.- Las disposiciones de la presente Resolución rigen a partir de su
publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos para su conocimiento. Pase a la Subdirección General de Servicios
y Control Tributario de la Dirección General de Rentas y a la Subdirección General de
Sistemas de la Dirección General de Planificación y Control para su conocimiento y
demás efectos. Cumplido, archívese. Krivocapich