RESOLUCIÓN 1514 2024 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
PRORROGA - PLAZO ESTIPULADO - RESOLUCIÓN 1110-MCGC-24 - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL DE LA CIUDAD - BAMILONGA - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
30/08/2024
Sanción:
23/04/2024
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588); el Decreto N° 429/17;
las Resoluciones N° 1086-MCGC/24 y N° 1110-MCGC/24; el Expediente Electrónico
N° EX-2024-12660783-GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.735 (texto consolidado por Ley N° 6.588) crea el Régimen de
Concertación para la Actividad Milongas No Oficial (BAMILONGA), con el objeto de
diseñar e implementar mecanismos de protección, fortalecimiento, fomento y
promoción de la actividad milonga en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la precitada Ley establece al Ministerio de Cultura como autoridad de aplicación
del Régimen creado;
Que asimismo, la normativa indicada crea, en el ámbito de este Ministerio, el Registro
de beneficiarios del Régimen de Concertación para la Actividad Milongas No Oficial en
el que podrán inscribirse los sujetos comprendidos por la misma;
Que el Decreto N° 429/17 reglamenta la referida ley;
Que por Resolución N° 1086-MCGC/24 se aprobaron las líneas de subsidios: a) Línea
Organizadores de Milongas, para las solicitudes de subsidios de los sujetos
comprendidos en el artículo 12 inciso a) de la Ley N° 5.735; b) Línea Salones de
Milonga, para las solicitudes de subsidios de los sujetos comprendidos en el artículo
12 inciso b) de la Ley N° 5.735 y c) Línea Clubes y Asociaciones, para las solicitudes
de subsidios de los sujetos comprendidos en el artículo 12 inciso c) de la Ley N° 5.735;
Que asimismo, mediante la citada Resolución se aprobó la reglamentación atinente a
la presentación de las solicitudes de inscripción en el Registro BAMILONGA y de
subsidios en el marco del citado Régimen, que como Anexos I "Reglamento General
BAMILONGA" (IF-2024-12483627-GCABA-DGDCC); II "Formulario de datos para la
inscripción o actualización del Registro" (IF-2024-09434765-GCABA-DGDCC); III
"Formulario de solicitud de inscripción o actualización del Registro y Declaración
Jurada" (IF-2024-12468451-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de datos para la solicitud
del subsidio" (IF-2024-09436625-GCABA-DGDCC); V "Formulario de líneas para la
solicitud del subsidio" (IF-2024-09550731-GCABA-DGDCC); VI "Nota de solicitud de
readecuación de proyecto" (IF-2024-09437724-GCABA-DGDCC); VII "Informe de
actividades de la rendición de cuentas (IF-2024-09438403-GCABA-DGDCC); VIII
"Informe financiero de la rendición de cuentas" (IF-2024-09438787-GCABA-DGDCC) y
IX "Nota de compensación por los servicios prestados" (IF-2024-09439172-GCABA-
DGDCC), forman parte integrante de la misma;
Que mediante Resolución N° 1110-MCGC/24 se convocó a los sujetos comprendidos
en el marco del Régimen de Concertación para la Promoción de la Actividad Milongas
No Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAMILONGA) para la
presentación de solicitudes de subsidios, desde las 10:00 horas del día 9 de abril de
2024 hasta las 17:00 horas del día 23 de abril de 2024;
Que atento a resultar exiguo el plazo dispuesto, la Dirección General Desarrollo
Cultural y Creativo, mediante N° IF-2024-15734615-GCABA-DGDCC, propicia el
dictado del acto administrativo que establezca la prórroga del plazo establecido en la
Resolución N° 1110-MCGC/24 para la presentación de solicitudes de subsidios, en el
marco del Régimen de Concertación para la Promoción de la Actividad Milongas No
Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAMILONGA), hasta las 17:00 horas
del día 29 de abril del 2024;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado
la intervención de su competencia;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorróguese el plazo estipulado en la Resolución N° 1110-MCGC/24 para
la presentación de solicitudes de subsidios, en el marco del Régimen de Concertación
para la Promoción de la Actividad Milongas No Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (BAMILONGA), el que se extenderá hasta las 17:00 horas del día 29 de
abril de 2024.
Artículo 2°.- La presente convocatoria se regirá según lo establecido en la Resolución
N° 1086-MCGC/24.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa
Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General
Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, Archívese.- Ricardes