DISPOSICIÓN 95 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS

Síntesis:

JERVO S.A. - CAIX - SE LA INTIMA A ACREDITAR EL INICIO DEL TRÁMITE DE HABILITACIÓN - COSTA SALGUERO - AV. COSTANERA RAFAEL OBLIGADO - CALLE JERÓNIMO SALGUERO - REGISTRO PÚBLICO DE LUGARES BAILABLES -

Publicación:

17/08/2005

Sanción:

04/08/2005

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS


Visto el Expediente N° 10.607/05, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y 2/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2131) y las Resoluciones Conjuntas Nros. 42 y 62-DGHP-DGFOC-DGFyC/05,

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Disposición Conjunta N° 42-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 y su aclaratoria N° 62-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05, se dispuso la aprobación de inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/05 bajo el N° 38, del local con nombre de fantasía Caix que desarrolla actividad a nombre de la empresa Jervo S.A. y que se ubicada en el interior del denominado Complejo Costa Salguero sito en la Av. Costanera Rafael Obligado y Jerónimo Salguero;

Que para la resolución de la solicitud de inscripción en el registro mencionado, se tuvo en cuenta la opinión vertida sobre el particular por la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen N° 34.194 de fecha 17 de marzo del corriente año que recayera en el Expediente N° 10.607/05;

Que el mencionado dictamen valoró la situación que presenta el desarrollo de la actividad respecto de que el local se encuentra emplazado en el predio conocido como Complejo Costa Salguero, área concesionada según Resoluciones AAGPE N° 230/91 y AGPSE N° 25/92 del 24/1/92, según contrato suscripto en fecha 29/12/98 por la Administración General de Puertos Sociedad del Estado, y transferido al dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Ley N° 25.436 (B.O. N° 29.691), con contrato de concesión hoy vigente otorgado por la Dirección General de Privatizaciones y Concesiones del Gobierno de la Ciudad;

Que además se contempló lo dispuesto por el artículo 59 del Decreto N° 2.409-PEN/66 por el que se establece que el otorgamiento del permiso de uso implica también el de la habilitación para el ejercicio de la actividad objeto de aquel, a cuyo efecto la Administración de Inmuebles y Concesiones efectuara las comunicaciones pertinentes a las reparticiones que correspondan, como así también el artículo 60° de la misma norma que establece el permisionario queda obligado a cumplir con todas las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro para la actividad respectiva, haciéndose pasible en caso de incumplimiento, de las penalidades establecidas en el Código de Procedimientos de Faltas y disposiciones especiales que sean de aplicación, de acuerdo a la naturaleza de las faltas; y el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en tanto incluye entre las atribuciones y facultades del Jefe de Gobierno la de ejercer el poder de policía, incluso en los establecimientos de utilidad nacional que se encuentren en la ciudad;

Que entre otras argumentaciones el órgano de la Constitución concluyó que ... la Autoridad de Aplicación -en el ámbito de su competencia técnica- entienda que en el presente caso se encuentren cumplimentadas las exigencias previstas en el DNU N° 1-GCABA/05, y circunscribiendo la opinión que ha de emitirse a un punto de vista estrictamente jurídico, considero que no existe óbice en acceder a la inscripción del local comercial explotado por la razón social Jervo S.A. con nombre de fantasía Caix, sito en la Avda. Rafael Obligado s/n° y Av. Salguero, en el Registro Público de Lugares Bailables previsto en la citada norma...;

Que compartiendo lo opinado por la Procuración General, se procedió a inscribir el local en el Registro, sin perjuicio de haberse procedido a cursar cédula de notificación al recurrente, a los fines de adecuar su situación respecto de las normas vigentes en materia de habilitaciones con la presentación del trámite de habilitación conforme lo establece el Capítulo 2.1 AD 700.5 y Decretos Reglamentarios Nros. 2.516/98 y 2.115/04;

Que teniendo en cuenta que de lo informado por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos mediante Nota N° 354-DGHP/05, surge que a la fecha el recurrente no ha dado cumplimiento a lo solicitado, corresponde proceder a intimar al responsable a acreditar ante el Registro de Lugares Bailables el inicio del trámite de habilitación que prevé el Capítulo 2.1 AD 700.5 y sus reglamentaciones;

Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3°, del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/05,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y EL DIRECTOR GENERAL DE

HABILITACIONES Y PERMISOS

DISPONEN:

Artículo 1° - Intímase a la empresa Jervo S.A., titular del Registro N° 38 del Registro Público de Lugares creado por DNU N° 1-GCABA/05, que fuera otorgado por Disposición Conjunta N°41-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 y su aclaratoria Disposición Conjunta N° 62-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05, que corresponde al local con nombre de fantasía Caix y que se ubica en el interior del denominado Complejo Costa Salguero sito en la Av. Costanera Rafael Obligado y Jerónimo Salguero, a acreditar ante esta instancia el inicio del trámite de habilitación, conforme lo establece el Capítulo 2.1 AD 700.5 y sus reglamentaciones.

Artículo 2° - Otórgase para el cumplimiento de lo requerido en el artículo 1° un plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de disponer la suspensión del local en el Registro Público de Lugares Bailables.

Artículo 3° - Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento y demás efectos a Jervo S.A. titular del local con nombre de fantasía Caix. Cumplido, resérvese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REQUIERE
Disp. 95 -DGFC-DGFOC-DGHP-05 Intima Disp. 41-DGFC-DGFOC-DGHP-05 - Intima a iniciar el trámite de habilitación.
REQUIERE
Disp. 95-DGHYP-05 Intima a acrediitar el inicio del trámite de habilitación dispuesto por Disp. 62-DGFOC-05.