RESOLUCIÓN 7343 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
RECTIFICA RESOLUCIÓN 6871-MHFGC/24 - ESTABLECE DONDE DICE GERENCIA OPERATIVA OBSERVATORIO DE POLÍTICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - DIRECCIÓN GENERAL INVESTIGACIÓN DE POLÍTICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ORGANISMO F/N COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD -COPIDIS - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - DEBE LEERSE GERENCIA OPERATIVA OBSERVATORIO DE POLÍTICASPARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - DIRECCIÓN GENERAL INVESTIGACIÓN DE POLÍTICASPARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - SECRETARÍA DE BIENESTAR INTEGRAL - VICEJEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
05/09/2024
Sanción:
02/09/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado por Ley 6.588), la
Resolución N° 6.871-GCABA-MHFGC/24 y el Expediente Electrónico N° 26599016-
GCABA-SECBI/24, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 6.871-GCABA-MHFGC/24 se aceptó, a partir del 11 de julio
de 2024, la renuncia presentada por la Sra. Maria Alejandra Moreno, DNI N°
21.982.557, CUIL N° 27-21982557-4, como Gerente Operativa con carácter transitorio,
de la Gerencia Operativa Observatorio de Políticas para Personas con Discapacidad
de la Dirección General Investigación de Políticas para Personas con Discapacidad
dependiente del Organismo F/N Comisión para la Plena Participación e Inclusión de
las Personas con Discapacidad (COPIDIS) de la Vicejefatura de Gobierno y se
designó en reemplazo, a partir del 12 de julio de 2024 y con carácter transitorio, a la
Sra. Maria Laura Garramuño, DNI N° 31.032.616, CUIL N° 27-31032616-5;
Que en la citada norma se indicó en forma errónea las dependencias funcionales de la
cual depende dicho cargo;
Que por tal razón la Vicejefatura de Gobierno solicita que se rectifiquen los términos
de dicho acto administrativo a fin de subsanar el error;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, aprobado mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510/GCBA/97, establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores
meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere
lo sustancial del acto o decisión;
Que en consecuencia, resulta menester dictar un acto administrativo que rectifique los
términos de la Resolución N° 6871-GCABA-MHFGC/24, en el sentido antes expuesto;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Rectifícar los términos de la Resolución N° 6.871-GCABA-MHFGC/24,
dejando establecido que donde dice "Gerencia Operativa Observatorio de Políticas
para Personas con Discapacidad de la Dirección General Investigación de Políticas
para Personas con Discapacidad dependiente del Organismo F/N Comisión para la
Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) de la
Vicejefatura de Gobierno" deberá leerse "Gerencia Operativa Observatorio de Políticas
para Personas con Discapacidad de la Dirección General Investigación de Políticas
para Personas con Discapacidad de la Secretaría de Bienestar Integral de la
Vicejefatura de Gobierno".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Desarrollo del Servicio Civil, y Técnica,
Administrativa y Legal, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y de
Investigación de Políticas para Personas con Discapacidad, de la Vicejefatura de
Gobierno, debiendo esta última notificar fehacientemente a las interesadas los
términos de la presente. Arengo Piragine