DECRETO 310 2024

Síntesis:

DELEGA - FACULTAD - APROBAR - PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - MINISTERIO INFRAESTRUCTURA - CONTRATACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA - COMPLETAMIENTO Y FINALIZACIÓN - COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL VII - LOCALIDAD RICARDO GUTIÉRREZ - PARTIDO DE MARCOS PAZ - ETAPA 4 

Publicación:

12/09/2024

Sanción:

11/09/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 6.246 (Texto consolidado por Ley 6.588), y 6.684, los Decretos 60/21 y

su modificatorio, 204/22, 387/2023, sus modificatorios, y 152/21, el EX-2024-

33865234- -GCABA-DGTALMI, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente electrónico citado en el Visto, tramita la delegación de la

contratación "Completamiento y finalización del Complejo Penitenciario Federal VII-

Localidad Ricardo Gutiérrez, Partido de Marcos Paz- Etapa 4", al amparo de lo

establecido por el artículo 22 de la Ley de Obra Pública 6.246, su Decreto

Reglamentario 60/2021, su modificatorio Decreto 204/22 y el Decreto 152/21;

Que la mencionada obra tiene como objetivo el completamiento y finalización del

Complejo Penitenciario Federal VII, a fin de relocalizar allí el Complejo Penitenciario

U2 que actualmente existe en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Barrio de

Devoto;

Que de conformidad con el marco jurídico establecido por la Ley de Obra Pública

6.246, su Decreto Reglamentario 60/21, y su modificatorio 204/22, se aprobó el Pliego

de Bases y Condiciones Generales mediante el Decreto 152/21;

Que el presupuesto oficial se estima en la suma de PESOS SETENTA Y UN MIL

SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL

QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 28/100 ($ 71.634.760.548,28);

Que por Ley 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios para el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires contemplando entre ellos al Ministerio de Infraestructura;

Que dentro de las competencias del mencionado Ministerio se estableció la de diseñar

e instrumentar los planes, programas y proyectos necesarios para la ejecución y

fiscalización de obras públicas;

Que, mediante el Decreto 60/21 y su modificatorio 204/22, se aprobaron los niveles de

decisión y cuadro de competencias de los procedimientos de selección para la

contratación de Obra Pública;

Que atento el carácter altamente especializado de la contratación, resulta conveniente

autorizar al Ministerio de Infraestructura a aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones

Particulares y de Especificaciones Técnicas y a realizar el llamado a Licitación Pública,

emitir las circulares aclaratorias con y sin consulta que resulten necesarias sobre la

documentación licitatoria, designar a los miembros de la Comisión Evaluadora de

Ofertas, dictar los actos administrativos necesarios para adjudicar la licitación pública,

suscribir el pertinente contrato y dictar todos los actos que fueren necesarios para la

materialización, control y ejecución de la obra desde su inicio hasta su finalización y

recepción definitiva, así como las modificaciones de obra y ampliaciones de plazo, y su

rescisión, en caso de corresponder, todo ello en el marco de la normativa aplicable;

Que por lo expuesto, resulta pertinente dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Delegar en el Ministerio Infraestructura la facultad de aprobar los Pliegos

de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y sus Anexos

para la contratación de la Obra Pública denominada "COMPLETAMIENTO Y

FINALIZACIÓN DEL COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL VII - LOCALIDAD

RICARDO GUTIÉRREZ, PARTIDO DE MARCOS PAZ ETAPA 4", por un plazo de

doce (12) meses, realizar el llamado a Licitación Pública, emitir las circulares

aclaratorias con y sin consulta que resulten necesarias sobre la documentación

licitatoria, designar a los miembros de la Comisión Evaluadora de Ofertas, dictar los

actos administrativos necesarios para adjudicar la licitación pública, suscribir el

pertinente contrato y dictar todos los actos que fueren necesarios para la

materialización, control y ejecución de la obra desde su inicio hasta su finalización y

recepción definitiva, así como las modificaciones de obra y ampliaciones de plazo, y su

rescisión, en caso de corresponder, todo ello en el marco de la normativa aplicable.

Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Infraestructura y por

el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el portal

BAC Obras. Comunicar a la Subsecretaría de Proyectos y Obras y para su

conocimiento y demás efectos remitir a la Subgerencia Operativa de Contrataciones y

Suministros dependiente de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones y

Procesos de Obra Pública de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal

dependiente del Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archivar. MACRI -

Bereciartua - Grindetti