LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2024
Síntesis:
EXP N.° 469-P-24 - OTORGA - CONCESIÓN DE USO - CLUB ATLÉTICO PLATENSE - PREDIO - POLIDEPORTIVO - UBICADO EN LA INTERSECCIÓN CALLES MANUELA PEDRAZA Y CRÁMER - PLAZO DE DIEZ AÑOS
Publicación:
25/09/2024
Sanción:
19/09/2024
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
EXP N.° 469-P-24
Buenos Aires, 19 de setiembre de 2024
Artículo 1°.- Se otorga en concesión de uso al Club Atlético Platense, el predio
correspondiente al Polideportivo ubicado en la intersección de las calles Manuela
Pedraza y Crámer, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el Predio, por el
plazo de diez (10) años.
Art. 2°.- De no ser posible la concesión gratuita, las condiciones comerciales de la
concesión serán establecidas por el organismo pertinente del Poder Ejecutivo,
debiendo ser considerablemente más convenientes para el concesionario, por tratarse
de una asociación civil sin fines de lucro, que las actualmente vigentes para el Predio.
Art. 3°.- En virtud de lo previsto en el Artículo 1° de la presente, se establece que el
Club Atlético Platense se encuentra habilitado a organizar y desarrollar cualquier
actividad deportiva en el mencionado predio, con excepción de toda aquélla referida
y/o relacionada con la práctica de fútbol profesional.
Art. 4°.- Cualquier obra de infraestructura que el Club Atlético Platense lleve a cabo en
el Predio no implicará modificaciones al Código de Planeamiento Urbano, debiéndose
respetar en todos sus términos y condiciones. Caso contrario, el respectivo proyecto
de obra deberá ser aprobado a través de una ley dictada por esta Legislatura.
Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los artículos 89 y 90 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. López - Schillagi