DISPOSICIÓN 2 2024 UNIDAD OPERATIVA PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN

Síntesis:

APRUEBA - MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE UN SISTEMA DE INDICADORES DE GESTIÓN - SUBGERENCIA DE EXPLOTACIÓN DE DATOS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - INFORMES - TABLEROS

Publicación:

04/10/2024

Sanción:

27/09/2024

Organismo:

UNIDAD OPERATIVA PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN


VISTO: Las Leyes Nros. 70, 2.624 y 3.304 (textos consolidados por Ley N° 6.588) y N°

6.684, la Resolución N° 247-AGC-2017 y sus modificatorias, el Expediente N° 2024-

35655058-GCABA-AGC y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 70 se fijaron los sistemas de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y se estableció la

organización y funcionamiento de sus órganos;

Que el artículo 122 de la mencionada Ley, establece que el titular de cada jurisdicción

o entidad dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es responsable de

la implantación y mantenimiento de un adecuado sistema de control interno, que

incluye instrumentos de control entre los que se encuentran los manuales de

procedimiento de cada organismo;

Que a través de la Ley N° 2.624, se creó esta Agencia Gubernamental de Control

como ente autárquico, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo, en el marco de la mencionada Ley se determinó su organización y

competencia, a efectos de controlar, fiscalizar y regular en el marco del ejercicio del

poder de policía, lo que respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de

los establecimientos públicos y privados, a las habilitaciones de todas aquellas

actividades comprendidas en el Código respectivo como así también el otorgamiento

de permisos para ciertas actividades y a las obras civiles, públicas y privadas,

comprendidas por el Código de la Edificación;

Que en este contexto, la Ley N° 6.684 establece que entre los objetivos y facultades

del Ministerio de Justicia se encuentra ejercer el control de legalidad de esta Agencia

Gubernamental de Control;

Que cabe destacar, mediante la Resolución N° 247-AGC/17 y sus modificatorias, se

modificó parcialmente la estructura organizativa de esta Agencia Gubernamental de

Control, aprobándose las respectivas responsabilidades primarias de cada una de las

Direcciones Generales y Unidades que la componen;

Que en este orden de ideas, la Unidad Operativa Planificación y Coordinación de

Gestión posee, entre otras, las facultades de: "Elaborar e implementar planes de

acción sobre las actividades desarrolladas por las distintas Direcciones Generales,

Unidades, Gerencias Operativas y Subgerencias Operativas (...) que propicien la

simplificación administrativa de los procesos y mejoren la experiencia del ciudadano

en su interacción con la Agencia Gubernamental de Control (...) Elaborar y desarrollar

planes de mejoras que faciliten los procesos relacionados a la tramitación de

denuncias y a los requerimientos de los ciudadanos, a fin de garantizar la eficiencia en

la prestación de servicios a la comunidad en las materias de competencia de la

Agencia Gubernamental de Control";

Que en particular, la Gerencia Operativa de Planificación y Evaluación de gestión

debe, entre otros, elaborar y elevar el proyecto de Plan Operativo Anual (POA) a partir

de las propuestas operativas de las áreas de la Agencia Gubernamental de Control,

del resultado de ejercicios anteriores y de los lineamientos de la Dirección Ejecutiva,

asistir a la Unidad Operativa de Planificación y Coordinación de Gestión (UOPCG) en

el desarrollo de un modelo de indicadores que permitan efectuar el seguimiento de la

gestión de la Agencia Gubernamental de Control, asistir a la UOPCG en la formulación

y seguimiento de las metas monitoreadas por la Secretaría de Planificación,

Evaluación y Coordinación de Gestión de la Jefatura de Gabinete de Ministros,

supervisar el proceso de análisis y explotación de datos disponibles en los sistemas de

la Agencia, aportando información relevante y de apoyo para todos los procesos

operativos y estratégicos de la Agencia;

Que en consonancia, la Subgerencia de Explotación de Datos debe diseñar, mantener

y administrar un sistema de indicadores de gestión que permita monitorear la

performance de las Direcciones Generales y aportar información para detectar

oportunidades de mejoras, administrar el sistema de seguimiento de las metas

establecidas en el Plan Operativo Anual y elaborar reportes periódicos que evalúen su

cumplimiento, identificar, proponer y mantener actualizados los indicadores de

impacto, de producto, de proceso, de eficiencia y de eficacia de los diferentes

proyectos de la Agencia Gubernamental de Control;

Que en tal sentido, la Agencia Gubernamental de Control ha estado implementando

una estrategia para elevar la calidad de los servicios ofrecidos a la población, y como

parte de estas acciones, se ha fortalecido, actualizado y modernizado los sistemas

informáticos que respaldan las funciones del organismo;

Que de acuerdo a ello resulta pertinente formalizar el proceso de elaboración y

seguimiento de indicadores de gestión que actualmente utiliza la Subgerencia de

Explotación de datos, estableciendo mediante el Anexo correspondiente, su objetivo,

alcance y procedimiento aplicables a tal fin.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 247-AGC/17,

EL COORDINADOR

DE LA UNIDAD OPERATIVA PLANIFICACIÓN

Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar el Manual de Procedimiento de la Subgerencia de Explotación de

Datos (SGOED), que como Anexo (IF-2024-36037868-GCABA-AGC), forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a

todas las Direcciones Generales y Unidades de esta Agencia Gubernamental de

Control. Cumplido, archivar. Malcolm


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6972

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Disposición 2-UOPCGAGC/24 aprueba el Manual de Procedimiento de la Subgerencia de Explotación de Datos (SGOED), dentro de la Agencia Gubernamental de Control, creada por la Ley 2624.</p>