RESOLUCIÓN 674 2005 SECRETARIA DE SEGURIDAD

Síntesis:

ENCOMIENDA A DISTINTAS DEPENDENCIAS LA REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN - ENCOMENDACIÓN - SOLICITUD DE EXPEDIENTES - SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIA - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA - SUBSECRETARÍA DE CONTROL COMUNAL

Publicación:

30/08/2005

Sanción:

17/08/2005

Organismo:

SECRETARIA DE SEGURIDAD


Visto los Decretos Nros. 2.696/03, 2.720/03 y 92/05, y

CONSIDERANDO:

Que en diversas oportunidades, se ha detectado el retardo en el cumplimiento de los requerimientos provenientes de los distintos organismos, que solicitan información a las distintas áreas pertenecientes a esta Secretaría;

Que resulta dable recordar que conforme distintas normativas, se prescribe la obligación de dar cumplimiento en tiempo oportuno a la solicitud de información;

Que entre ellas cabe destacar el artículo 32 de la Ley N° 3, y el artículo 25 de la Ley N° 70;

Que la mencionada en primer término establece la obligación de esta dependencia para prestar colaboración, con carácter preferente a la Defensoría del Pueblo en sus investigaciones e inspecciones y en ningún caso, puede impedirse u obstaculizarse la presentación de una queja o desarrollo de una investigación;

Que asimismo, el incumplimiento de lo prescripto en el párrafo anterior, es causal de mal desempeño y falta grave, quedando habilitado el Defensor o Defensora del Pueblo para propiciar la sanción administrativa pertinente, sin perjuicio de las acciones penales que puedan corresponder;

Que la ley N° 70 en su artículo 125 establece que la Sindicatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrá requerir en el ámbito de su competencia la información que le sea necesaria para el cumplimiento de sus funciones y para ello todos los agentes y autoridades del sector público, prestarán colaboración, considerándose la conducta adversa como falta grave;

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario instrumentar un sistema adecuado para supervisar las normativas pertinentes;

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1° - Encomiéndase a la señora Subsecretaria de Emergencia, a los señores Subsecretario de Seguridad Urbana y Subsecretario de Control Comunal, la remisión de copias de la totalidad de los requerimientos de información, solicitud de expedientes y/o cualquier rogatoria proveniente de organismos públicos, a la Dirección General de Coordinación, a fin del debido contralor del cumplimiento oportuno de los mismos.

Artículo 2° - Regístrese. Comuníquese a la Subsecretaría de Emergencias, a la Subsecretaría de Seguridad Urbana y a la Subsecretaría de Control Comunal, quienes deberán comunicar a la totalidad de las Direcciones que le dependen. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 674-SJG-05: Obligatoriedad de las Subsecretarías de dar cumplimiento en tiempo oportuno a la solicitud de información, a través de la DG de Coordinación