DECRETO 333 2024
Síntesis:
DECLARA - VISITANTE ILUSTRE - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS Y MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL - REPÚBLICA ITALIANA - ANTONIO TAJANI
Publicación:
08/10/2024
Sanción:
07/10/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 578 (texto consolidado por Ley 6.588) y el Expediente Electrónico
37576806-GCABA-SECGE/24, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita la declaración de "Visitante
Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", al Vicepresidente del Consejo de
Ministros, y Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional de la
República Italiana, señor Antonio Tajani, quien se encontrará de visita oficial en esta
Ciudad los días 7 y 8 de octubre del 2024;
Que el artículo 3° de la Ley 578 establece que la distinción de "Visitante Ilustre de la
Ciudad de Buenos Aires" podrá ser otorgada a los Jefes de Estado y de Gobierno,
Vicepresidentes, máximas jerarquías de las diferentes confesiones religiosas,
Primeros Ministros, Presidentes de poderes extranjeros que se encuentren en visita
oficial en la Ciudad de Buenos Aires y demás personalidades de jerarquía equivalente
y el otorgamiento se hará mediante Decreto del Jefe de Gobierno o Declaración de la
Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires;
Que dentro de su trayectoria política se destacan puestos tales como Presidente del
Parlamento Europeo, Diputado del Parlamento Europeo, Vicepresidente de la
Comisión Europea;
Que asimismo, formó parte de diferentes comisiones dentro del Parlamento como la
Comisión de Asuntos Exteriores y la Comisión de Defensa y Seguridad, destacándose
por su compromiso con temas relacionados a la seguridad, así como también de
migración y empleo juvenil;
Que, en consideración a la mencionada visita y en pos de brindarle una cálida
bienvenida y hospitalidad, se estima pertinente declarar a Antonio Tajani "Visitante
Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" conforme lo establecido por el artículo
3° de la Ley 578;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Declarar "Visitante Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" al
señor Vicepresidente del Consejo de Ministros, y Ministro de Asuntos Exteriores y
Cooperación Internacional de la República Italiana, Antonio Tajani, con motivo de su
visita a esta Ciudad los días 7 y 8 de octubre de 2024.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás
efectos remitir a la Dirección General Protocolo y Ceremonial de la Secretaría General.
Cumplido, archivar. MACRI - Grindetti