DECRETO 333 2024

Síntesis:

DECLARA - VISITANTE ILUSTRE - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS Y MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL - REPÚBLICA ITALIANA - ANTONIO TAJANI

Publicación:

08/10/2024

Sanción:

07/10/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 578 (texto consolidado por Ley 6.588) y el Expediente Electrónico

37576806-GCABA-SECGE/24, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita la declaración de "Visitante

Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", al Vicepresidente del Consejo de

Ministros, y Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional de la

República Italiana, señor Antonio Tajani, quien se encontrará de visita oficial en esta

Ciudad los días 7 y 8 de octubre del 2024;

Que el artículo 3° de la Ley 578 establece que la distinción de "Visitante Ilustre de la

Ciudad de Buenos Aires" podrá ser otorgada a los Jefes de Estado y de Gobierno,

Vicepresidentes, máximas jerarquías de las diferentes confesiones religiosas,

Primeros Ministros, Presidentes de poderes extranjeros que se encuentren en visita

oficial en la Ciudad de Buenos Aires y demás personalidades de jerarquía equivalente

y el otorgamiento se hará mediante Decreto del Jefe de Gobierno o Declaración de la

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires;

Que dentro de su trayectoria política se destacan puestos tales como Presidente del

Parlamento Europeo, Diputado del Parlamento Europeo, Vicepresidente de la

Comisión Europea;

Que asimismo, formó parte de diferentes comisiones dentro del Parlamento como la

Comisión de Asuntos Exteriores y la Comisión de Defensa y Seguridad, destacándose

por su compromiso con temas relacionados a la seguridad, así como también de

migración y empleo juvenil;

Que, en consideración a la mencionada visita y en pos de brindarle una cálida

bienvenida y hospitalidad, se estima pertinente declarar a Antonio Tajani "Visitante

Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" conforme lo establecido por el artículo

3° de la Ley 578;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Declarar "Visitante Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" al

señor Vicepresidente del Consejo de Ministros, y Ministro de Asuntos Exteriores y

Cooperación Internacional de la República Italiana, Antonio Tajani, con motivo de su

visita a esta Ciudad los días 7 y 8 de octubre de 2024.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás

efectos remitir a la Dirección General Protocolo y Ceremonial de la Secretaría General.

Cumplido, archivar. MACRI - Grindetti