DISPOSICIÓN 34 2024 DIRECCION GENERAL GESTION DE SERVICIOS DE MOVILIDAD
Síntesis:
APRUEBA - PLAN DE REVALORIZACIÓN - SERVICIO PÚBLICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - TRANSPORTE DE PASAJEROS - BA TAXI
Publicación:
18/10/2024
Sanción:
15/10/2024
Organismo:
DIRECCION GENERAL GESTION DE SERVICIOS DE MOVILIDAD
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (texto consolidado conforme Ley N° 6.588), 6.684, el
Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente electrónico N° EX-2024-
39063852- -GCABA-DGGSM, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones mencionadas en el Visto, la Gerencia Operativa Taxis,
Remises y Escolares, dependiente de esta Dirección General Gestión de Servicios de
Movilidad, de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, de la Secretaría de
Transporte, del Ministerio de Infraestructura, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, solicitó la aprobación del denominado "Plan de Revalorización del
Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro", el cual tiene como
finalidad exponer al taxi como uno de los símbolos característicos de la movilidad,
reflejando su historia, cultura, y esencia, así como también, mejorar la calidad del
Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con
Taxímetro, aumentar la satisfacción de los usuarios y del uso de la aplicación BA Taxi,
y asegurar la sostenibilidad económica del sector;
Que, la Ley N° 2.148 (texto consolidado conforme Ley N° 6.588), en su Título Décimo
Segundo, regula el citado Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles
de Alquiler con Taxímetro, estableciendo en el artículo 12.2.20 (Aplicación oficial BA
Taxi) que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desarrolla dicha
aplicación con los requerimientos mínimos que allí se detallan, a los cuales cabe
remitirse. Además, se establece en ese mismo cuerpo legal que la vinculación a la
aplicación BA Taxi constituye un requisito para la renovación anual de la licencia (conf.
art. 12.4.3.3, inc. a., 6);
Que desde hace ya un tiempo el aludido Servicio de Transporte Público de Pasajeros
en Automóviles de Alquiler con Taxímetro viene enfrentado una notable disminución
en el número de vehículos registrados, la cual ha traído consigo una serie de
consecuencias negativas para la citada aplicación BA Taxi, las que incluyen el
aumento de tiempos de espera para los usuarios, y la reducción en la oferta de
servicios, afectando a los conductores y a la experiencia de los usuarios, quienes
buscan opciones de movilidad rápida y accesible;
Que, con el fin de abordar y mitigar la problemática expuesta en el párrafo anterior, tal
como surge del informe técnico elaborado por la referida Gerencia Operativa, se
decidió implementar una serie de medidas estratégicas, las cuales forman parte de
una política integral de revalorización del referido Servicio de Transporte Público de
Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro, destacando, entre sus objetivos,
la mejora en la calidad del Servicio, el aumento de la satisfacción de los usuarios y del
número de ellos utilizan la aplicación BA Taxi, y lograr asegurar la sostenibilidad
económica del sector (conf. IF IF-2024-39065790-GCABA-DGGSM y proyecto de
"Plan de Revalorización del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con
Taxímetro", IF-2024-39066764-GCABA-DGGSM);
Que, mediante Ley N° 6.684 se establecieron los Ministerios dependientes del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre
ellos al Ministerio de Infraestructura;
Que, mediante Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, asumiendo la Dirección General Gestión de Servicios de
Movilidad, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, de la
Secretaría de Transporte, del referido Ministerio de Infraestructura, entre sus
Responsabilidades Primarias, las de: "...Gestionar y regular el transporte de taxis,
remises, escolares, de fantasía, coches antiguos, vehículos destinados al servicio de
Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias y todo
transporte cuya regulación, fiscalización y control corresponda al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no esté expresamente asignado a otro
organismo";
Que por su parte, la Gerencia Operativa Taxis, Remises y Escolares, dependiente de
la nombrada Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad, tiene, entre sus
Responsabilidades Primarias, la de: "Administrar el funcionamiento de la aplicación
oficial BA TAXI";
Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el
denominado Plan de Revalorización del Servicio Público de Automóviles de Alquiler
con Taxímetro, a los fines de exponer al taxi como uno de los símbolos característicos
de la movilidad, reflejando su historia, cultura, y esencia a los usuarios, y de mejorar la
calidad del servicio, aumentar la satisfacción de los usuarios, y asegurar la
sostenibilidad económica del sector.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el Decreto N° 387/23
y sus modificatorios;
Artículo 1°.- Aprobar el denominado "Plan de Revalorización del Servicio Público de
Automóviles de Alquiler con Taxímetro", el que como Anexo I (IF-2024-39084238-
GCABA-DGGSM), forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
comuníquese a la Gerencia Operativa de Taxis, Remises y Escolares, y a la
Subsecretaría de Gestión de la Movilidad. Cumplido archívese. Gómez