DISPOSICIÓN 34 2024 DIRECCION GENERAL GESTION DE SERVICIOS DE MOVILIDAD

Síntesis:

APRUEBA - PLAN DE REVALORIZACIÓN - SERVICIO PÚBLICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - TRANSPORTE DE PASAJEROS - BA TAXI

Publicación:

18/10/2024

Sanción:

15/10/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL GESTION DE SERVICIOS DE MOVILIDAD


VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (texto consolidado conforme Ley N° 6.588), 6.684, el

Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente electrónico N° EX-2024-

39063852- -GCABA-DGGSM, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones mencionadas en el Visto, la Gerencia Operativa Taxis,

Remises y Escolares, dependiente de esta Dirección General Gestión de Servicios de

Movilidad, de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, de la Secretaría de

Transporte, del Ministerio de Infraestructura, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, solicitó la aprobación del denominado "Plan de Revalorización del

Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro", el cual tiene como

finalidad exponer al taxi como uno de los símbolos característicos de la movilidad,

reflejando su historia, cultura, y esencia, así como también, mejorar la calidad del

Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con

Taxímetro, aumentar la satisfacción de los usuarios y del uso de la aplicación BA Taxi,

y asegurar la sostenibilidad económica del sector;

Que, la Ley N° 2.148 (texto consolidado conforme Ley N° 6.588), en su Título Décimo

Segundo, regula el citado Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles

de Alquiler con Taxímetro, estableciendo en el artículo 12.2.20 (Aplicación oficial BA

Taxi) que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desarrolla dicha

aplicación con los requerimientos mínimos que allí se detallan, a los cuales cabe

remitirse. Además, se establece en ese mismo cuerpo legal que la vinculación a la

aplicación BA Taxi constituye un requisito para la renovación anual de la licencia (conf.

art. 12.4.3.3, inc. a., 6);

Que desde hace ya un tiempo el aludido Servicio de Transporte Público de Pasajeros

en Automóviles de Alquiler con Taxímetro viene enfrentado una notable disminución

en el número de vehículos registrados, la cual ha traído consigo una serie de

consecuencias negativas para la citada aplicación BA Taxi, las que incluyen el

aumento de tiempos de espera para los usuarios, y la reducción en la oferta de

servicios, afectando a los conductores y a la experiencia de los usuarios, quienes

buscan opciones de movilidad rápida y accesible;

Que, con el fin de abordar y mitigar la problemática expuesta en el párrafo anterior, tal

como surge del informe técnico elaborado por la referida Gerencia Operativa, se

decidió implementar una serie de medidas estratégicas, las cuales forman parte de

una política integral de revalorización del referido Servicio de Transporte Público de

Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro, destacando, entre sus objetivos,

la mejora en la calidad del Servicio, el aumento de la satisfacción de los usuarios y del

número de ellos utilizan la aplicación BA Taxi, y lograr asegurar la sostenibilidad

económica del sector (conf. IF IF-2024-39065790-GCABA-DGGSM y proyecto de

"Plan de Revalorización del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con

Taxímetro", IF-2024-39066764-GCABA-DGGSM);

Que, mediante Ley N° 6.684 se establecieron los Ministerios dependientes del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre

ellos al Ministerio de Infraestructura;

Que, mediante Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, asumiendo la Dirección General Gestión de Servicios de

Movilidad, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, de la

Secretaría de Transporte, del referido Ministerio de Infraestructura, entre sus

Responsabilidades Primarias, las de: "...Gestionar y regular el transporte de taxis,

remises, escolares, de fantasía, coches antiguos, vehículos destinados al servicio de

Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias y todo

transporte cuya regulación, fiscalización y control corresponda al Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no esté expresamente asignado a otro

organismo";

Que por su parte, la Gerencia Operativa Taxis, Remises y Escolares, dependiente de

la nombrada Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad, tiene, entre sus

Responsabilidades Primarias, la de: "Administrar el funcionamiento de la aplicación

oficial BA TAXI";

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el

denominado Plan de Revalorización del Servicio Público de Automóviles de Alquiler

con Taxímetro, a los fines de exponer al taxi como uno de los símbolos característicos

de la movilidad, reflejando su historia, cultura, y esencia a los usuarios, y de mejorar la

calidad del servicio, aumentar la satisfacción de los usuarios, y asegurar la

sostenibilidad económica del sector.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el Decreto N° 387/23

y sus modificatorios;

EL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE MOVILIDAD

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar el denominado "Plan de Revalorización del Servicio Público de

Automóviles de Alquiler con Taxímetro", el que como Anexo I (IF-2024-39084238-

GCABA-DGGSM), forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y

comuníquese a la Gerencia Operativa de Taxis, Remises y Escolares, y a la

Subsecretaría de Gestión de la Movilidad. Cumplido archívese. Gómez


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Disposición 6-DGGSM/26 aprueba el Plan Taxis Icónicos, complementando la Disposición 34-DGSSM/24.</p>