DECRETO 350 2024
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIA - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE AUTONOMÍA Y REVINCULACIÓN - MARÍA ROSARIO ANGELILLO - SUBSECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN INMEDIATA - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
25/10/2024
Sanción:
24/10/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.684, los Decretos 387/23 y modificatorios y 31/24, el Expediente
Electrónico 39105308-GCABA-DGTALMDHYHGC/24, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que por Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual
contempla a la Dirección General de Autonomía y Revinculación, dependiente de la
Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del citado Ministerio;
Que por Decreto 31/24 se designó, a partir del 10 de diciembre de 2023, a María
Rosario Angelillo, DNI 32.236.695, CUIL 27-32236695-2, como Directora General de la
mencionada repartición;
Que la funcionaria en cuestión presentó su renuncia al cargo aludido a partir del 30 de
septiembre de 2024;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Aceptar, a partir del 30 de septiembre de 2024, la renuncia presentada por
María Rosario Angelillo, DNI 32.236.695, CUIL 27-32236695-2, como Directora
General de la Dirección General de Autonomía y Revinculación, dependiente de la
Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Desarrollo Humano y
Hábitat y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar a la
interesada dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado según Ley 6.588). Comunicar a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos
remitir a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archivar. MACRI - Mraida - Grindetti