RESOLUCIÓN 4548 2024 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
CONVOCA - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD TEATRAL NO OFICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PROTEATRO - GRUPOS DE TEATRO EVENTUALES - PROYECTOS ESPECIALES - SALAS TEATRALES - DESDE LAS 10:00 HORAS DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024 - HASTA LAS 10:00 HORAS DEL DÍA 8 DE OCTUBRE DE 2024
Publicación:
01/11/2024
Sanción:
19/09/2024
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 156 (texto consolidado por Ley N° 6.588); el Decreto N° 845/00 y su
modificatorio Decreto N° 412/10; la Resolución N° 1087-MCGC/24; el Expediente
Electrónico N° EX-2024-35581590-GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 156 (texto consolidado Ley N° 6.588) crea el Régimen de Concertación
para la Actividad Teatral No Oficial, con el objeto de proteger, propiciar y fomentar el
teatro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que el artículo 2° de la referida Ley crea el Registro de la Actividad Teatral No Oficial
en el ámbito de la entonces Secretaría de Cultura, actualmente dentro de la órbita de
este Ministerio.
Que el Decreto N° 845/00 y su modificatorio N° 412/10 reglamentan la referida Ley.
Que el artículo 2° del Decreto N° 412/10 faculta al Ministerio de Cultura a dictar las
normas complementarias, instrumentales e interpretativas que fueren necesarias para
la mejor y más adecuada aplicación de la reglamentación que aprueba dicha norma.
Que mediante Resolución N° 1087-MCGC/24 se aprobó, en el marco del referido
Régimen, la reglamentación atinente a la presentación de solicitudes de inscripción al
Registro PROTEATRO y de subsidios conforme los lineamientos establecidos en sus
Anexos I "Reglamento General PROTEATRO" (IF-2024-12656342-GCABA-DGDCC);
II "Formulario de Solicitud de Inscripción/Actualización del Registro y Declaración
Jurada" (IF-2024-08062016-GCABA-DGDCC); III "Formulario de Datos para la
Solicitud de Subsidio" (IF-2024-08062453-GCABA-DGDCC); IV "Formulario de Línea
para la Solicitud de Subsidio" (IF-2024-08062824-GCABA-DGDCC); V-A "Informe de
Actividades de la Rendición de Cuentas" (IF-2024-08063380-GCABA-DGDCC); V-B
"Informe Financiero de la Rendición de Cuentas" (identificado bajo N° IF-2024-
08289418-GCABA-DGDCC); VI "Nota de Compensación por los Servicios Prestados"
(IF-2024-08065475-GCABA-DGDCC) y VII "Nota de Solicitud de Readecuación de
Proyecto" (IF-2024-08065889-GCABA-DGDCC).
Que en este contexto, mediante N° IF-2024-35704073-GCABA-DGDCC, la Dirección
General Desarrollo Cultural y Creativo propicia la apertura del llamado a convocatoria
para la presentación de solicitudes de subsidio, en el marco de las líneas "Grupos de
Teatro Eventuales", "Proyectos Especiales" y "Salas Teatrales" del citado Régimen,
con el objeto de promover la actividad teatral no oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, conforme los lineamientos establecidos en el referido Reglamento
General.
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado
la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convócase, en el marco del Régimen Concertación para la Promoción de
la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los sujetos
comprendidos en las líneas "Grupos de Teatro Eventuales", "Proyectos Especiales" y
"Salas Teatrales" para la presentación de solicitudes de subsidios desde las 10:00
horas del 24 de septiembre de 2024 hasta las 10:00 horas del día 8 de octubre de
2024.
Artículo 2°.- Establézcase que, en el marco de la presente Convocatoria, respecto de
la línea "Salas Teatrales", sólo se aceptarán aquellos proyectos cuyo objeto contemple
la adquisición, mantenimiento, reparación y/o mejora de equipamiento, mobiliario,
instalaciones técnicas y/o readecuaciones energéticas de la sala teatral no oficial,
teatro independiente, espacio teatral no convencional o espacio teatral de
experimentación.
Artículo 3°.- Establézcase que, en el marco de la presente Convocatoria, para las
líneas, "Grupos de Teatro Eventuales" y "Proyectos Especiales", se priorizarán
aquellos proyectos que se desarrollen en la modalidad presencial por sobre aquellos a
ejecutarse bajo la modalidad o entorno virtual.
Artículo 4°.- Establézcase que, en el marco de la presente Convocatoria, para la
sublínea "Circulación", comprendida en la línea "Proyectos Especiales", se priorizarán
aquellas propuestas que promuevan la descentralización de las actividades culturales
en salas, espacios culturales y comunidades de barrios periféricos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Establézcase que, en el marco de la presente Convocatoria, para la
sublínea "Formación y/o Capacitación teórica y/o práctica", comprendida en la línea
"Proyectos Especiales", se priorizarán las propuestas diseñadas para recibir una
capacitación o formación, con preferencia sobre aquellas que impliquen dictar una
capacitación o formación.
Artículo 6°.- La presente convocatoria se regirá según lo establecido en la Resolución
N° 1087-MCGC/24.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa
Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General
Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese en la repartición
de origen. Ricardes