DECRETO 204 2024
Síntesis:
APRUEBA - LICITACIÓN PÚBLICA 01-2024 - EJECUCIÓN OBRAS DE ACCESIBILIDAD EN LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SE LA ADJUDICA A LA EMPRESA SUR CONSTRUCCIONES & CÍA SA
Publicación:
06/11/2024
Sanción:
01/11/2024
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO las Leyes Nros. 1.444 y 6.246 (textos consolidados según Ley N° 6.588), el
Decreto N° 60-AJG-2021, el Expediente N° 2412101-UEDO-2024 y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la Licitación de Obra Pública N° 01/2024,
convocada para la ejecución de las "Obras de accesibilidad en la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Que por Resolución N° 07/ CPRM y FOPL / 2022 la Comisión de Preservación,
Reparación, Mejora y Finalización de Obras del Palacio Legislativo encomendó a la
Unidad Ejecutora de Obras dar curso al proceso licitatorio para la realización de la
referida obra.
Que mediante la Resolución N° 04/CPRM y FOPL/2024, se aprobaron los Pliegos de
Condiciones Generales (PCG), Particulares (PCP), de Especificaciones Técnicas
(PET), Anexos, Planos y Planilla de Cómputos y Presupuesto de la referida Licitación
Pública, junto con el presupuesto oficial de la obra y el anuncio correspondiente para
su publicación.
Que, mediante la mencionada Resolución N° 04/CPRM y FOPL/2024, se autorizó a
realizar el llamado y se encomendó a la Unidad Ejecutora de Obras su publicación en
el Boletín Oficial.
Que, con fecha 15 de agosto de 2024, se procedió a la apertura de sobres en la que
se presentaron cuatro oferentes, a saber: Sur Construcciones & Cía. S.A, Industrias
Mas S.R.L, Grupo Varsovia S.R.L. y Rol Ingeniería S.A.
Que la Comisión de Preadjudicaciones analizó las ofertas presentadas y resolvió,
mediante el Acta de Preadjudicación N° 02 /CP- CPRM y FOPL/2024, preadjudicar a la
empresa Sur Construcciones & Cía. S.A., por resultar su oferta la más conveniente y
ajustada a pliego de acuerdo a presupuesto y competencia técnica acreditada por la
empresa.
Que se ha dado curso a la publicación de rigor en el Boletín Oficial, se encuentra
asimismo publicada en la página web de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y en la Cartelera de la Comisión.
Que habiéndose vencido el plazo para impugnar, conforme lo establecido en el pliego
licitatorio de la obra mencionada, no se registra impugnación alguna por parte de los
oferentes.
Que por su parte, el Consejo de Administración de la Comisión de Preservación
Reparación, Mejora y Finalización de Obras del Palacio Legislativo, compartiendo el
criterio de la Comisión de Preadjudicaciones, emitió la Resolución N° 06/CPRM y
FOPL/2024, aconsejando a la Vicepresidencia Primera de la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la adjudicación de la obra en favor de la citada empresa.
Que se dispone de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión,
conforme surge de la afectación presupuestaria definitiva.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete.
Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la
Vicepresidencia Primera por el Artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y por el Artículo 88 del Reglamento de la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Por ello,
Artículo 1. - Apruébase la Licitación de Pública N° 01/2024, convocada para la
ejecución de las "Obras de accesibilidad en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires" al amparo de lo establecido en la Ley N° 6.246 (texto consolidado
según Ley N° 6.588) y el Decreto N° 60-AJG-2021.
Artículo 2.- Adjudícase a la empresa SUR CONSTRUCCIONES & CÍA S.A. la
Licitación Pública N° 01/2024, referente a la obra de "Obras de accesibilidad en la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por la suma de $
572.832.732,56 (pesos quinientos setenta y dos millones ochocientos treinta y dos mil
setecientos treinta y dos con 56/100) y US$ 79.605,64 (Dólares Estadounidenses
setenta y nueve mil seiscientos cinco con 64/100), con un plazo de ejecución de ciento
ochenta (180) días corridos, contados a partir del día de la suscripción del Acta de
Inicio de los Trabajos, inclusive.
Artículo 3.- Impútese la suma total indicada en el artículo anterior de acuerdo a la
normativa vigente.
Artículo 4.- Autorízase a la Unidad Ejecutora de Obras a disponer el pago del anticipo
y de los certificados de obra, debiendo darse cumplimiento a lo establecido en el
Pliego de la Licitación Pública que por el presente se adjudica.
Artículo 5.- Regístrese, publíquese y notifíquese. Cumplido, archívese. Pérez
Lorgueilleux - López