RESOLUCIÓN 224 2005 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Síntesis:
OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - CRISTIAN MOLINA - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNON - CROMAÑÓN - DECRETO 692-05
Publicación:
09/09/2005
Sanción:
30/08/2005
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05 y 54-SSDH/05 y la Carpeta N° 1.220-SSDH/05 del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y,
CONSIDERANDO:
Que en la carpeta señalada en el visto tramita la solicitud presentada por el Sr. Molina, Cristian Asdrúbal, DNI 31.494.565, quien requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;
Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social surge que el solicitante se encuentra en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado;
Que tal como surge de la presente carpeta, el beneficiario ha invocado un autorizado para el cobro del presente subsidio en su nombre;
Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto N° 692/05;
Por ello,
Artículo 1° - Otórgase al Sr. Molina, Cristian Asdrúbal, DNI 31.494.565, el subsidio de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, por el monto de pesos seiscientos ($ 600).
Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por un monto de pesos seiscientos ($ 600), con sus correspondientes comisiones bancarias mensuales de pesos uno con veintiuno ($ 1,21).
Artículo 3° - Autorízase a percibir el cobro del subsidio en representación del beneficiario, a la Sra. Quiroga, Nélida del Carmen, DNI 6.651.692.
Artículo 4° - El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución N° 53-SSDH/05.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete, a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y de Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.