LEY 421 2000
Síntesis:
NORMA DEROGADA - GARANTÍA DEL DERECHO A LA DIGNIDAD IDENTIDAD E INTEGRIDAD DE TODAS LAS PERSONAS CON RELACIÓN A SU PATRIMONIO GENÉTICO- DISCRIMINACIÓN FUNDADA EN GENOMA HUMANO
Publicación:
31/07/2000
Sanción:
27/06/2000
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
19/07/2000
Estado:
No vigente
Artículo 1° La Ciudad garantiza y resguarda el derecho a la dignidad, identidad e integridad de todas las personas con relación a su patrimonio genético. Nadie podrá ser objeto de discriminaciones fundadas en su genoma.
Art. 2° Queda prohibida en cualquier ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la realización de estudios genéticos en exámenes preocupacionales, en exámenes para obras sociales, empresas de medicina prepaga o Aseguradoras de Riesgos de Trabajo.
Esta prohibición comprende los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, las comunas, los organismos descentralizados, entidades autárquicas, las empresas y sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todos aquellos otros organismos o entidades donde la Ciudad tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias.
Art. 3° Invítase a empresas e instituciones privadas, con sede o que desarrollen su actividad en la ciudad, a adherir a la citada Ley.
Art. 4° Prohíbese difundir o hacer pública por cualquier medio la información genética de las personas, con excepción de los casos autorizados por el propio interesado o judicialmente.
Art. 5° Comuníquese, etc.
CARAM
Ruben Ge
LEY N° 421
ANEXOS
En virtud de lo prescripto en el Art. 8° del Decreto N° 2.343-GCBA/98, certifico que la Ley N° 421 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de junio del año 2000 ha quedado promulgada automáticamente el día 19 de julio de 2000.
Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y para su conocimiento y demás fines, remítase a las Secretarías de Hacienda y Finanzas, de Gobierno y de Salud.
Juan Pasquier
Subsecretario Legal y Técnico