RESOLUCIÓN 508 2024 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
APRUEBA - ACTA DE LA UNIDAD EJECUTORA DE ESTADIOS DE FÚTBOL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - ACTA 13/24 - NUEVA CONSTITUCIÓN DE UNIDAD EJECUTORA DE ESTADIOS DE FÚTBOL
Publicación:
14/11/2024
Sanción:
08/11/2024
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO: Las Leyes Nros. 2.624 y 5.847 (textos consolidados por la Ley N° 6.588) y
6.684, el Decreto Reglamentario N° 178-GCABA/19, las Resoluciones Nros. 42-
GCABA-AGC/23, 464-GCABA-AGC/24 y 465-GCABA-AGC/24, el Expediente
Electrónico N° 2024-42067818- GCABA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Ley N° 2.624 (texto consolidado por Ley N° 6.588), se creó la
Agencia Gubernamental de Control, entidad autárquica, en el ámbito del Ministerio
Seguridad y Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se determinó su
organización y competencia;
Que en este contexto, la Ley N° 6.684 establece que entre los objetivos y facultades
del Ministerio de Justicia, se encuentra ejercer el control de legalidad de esta Agencia
Gubernamental de Control;
Que por medio de la Ley N° 5.847 (texto consolidado por la Ley N° 6.588) se aprobó el
régimen integral para eventos futbolísticos, implementando estrategias generales
respecto de las condiciones de seguridad, higiene y funcionamiento, a fin de promover
el mejoramiento y actualización de la infraestructura, del equipamiento y la adopción
de sistemas de protección y de seguridad en materia edilicia;
Que asimismo, a través del artículo 8° de la mencionada Ley fue creada la Unidad
Ejecutora de Estadios de Fútbol en el ámbito del Poder Ejecutivo, la cual debe estar
integrada por al menos un representante de las Direcciones Generales de
Fiscalización y Control, de Fiscalización y Control de Obras, de Habilitaciones y
Permisos, y de Defensa Civil, o Ia/s que en el futuro la/s reemplace;
Que a su vez, por medio del Decreto N° 178-GCABA/19 se aprobó la reglamentación
de la Ley N° 5.847 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), la cual estableció que la
Unidad Ejecutora de Estadios de Fútbol tendrá dependencia orgánica y funcional de la
Agencia Gubernamental de Control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que en este orden de ideas, por Resolución N° 42-GCABA-AGC/23, se constituyó la
"Unidad Ejecutora de Estadios de Fútbol", designándose sus miembros titulares y
suplentes y el coordinador en dicho acto, conforme lo establecido en la Ley N° 5.847
(texto consolidado por la Ley N° 6.588) y su Decreto Reglamentario N° 178-
GCABA/19;
Que cabe mencionar, que a través de Resolución N° 464-GCABA-AGC/24 se aceptó,
a partir del 14 de octubre de 2024, la renuncia presentada por el Sr. Jorge Alberto
Alvarez Millet (CUIT N° 20- 32845701-7), al cargo de Director General de la Dirección
General de Habilitaciones y Permisos de esta Agencia Gubernamental de Control
asignándose en su lugar por medio de Resolución N° 465-GCABA-AGC/24 a la Sra.
Carla Borgognoni (CUIT N° 23-32918311-4);
Que en consecuencia, deviene necesario designar en su lugar como miembro titular
de la Unidad Ejecutora de Estadios de Fútbol a la Sra. Carla Borgognoni por la
Dirección General de Habilitaciones y Permisos;
Que la Subgerencia Operativa Asesoramiento Legal de la Gerencia Operativa
Coordinación Legal dependiente de la Dirección General Legal y Técnica de esta
Agencia Gubernamental de Control ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades legalmente atribuidas,
Artículo 1°.- Aprobar el acta de la Unidad Ejecutora de Estadios de Fútbol que
mediante Anexo identificado como IF-2024-42063376-GCABA-DGHP, forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a
todas las Direcciones y Unidades de esta Agencia Gubernamental de Control, a la
Dirección General de Defensa Civil de la Subsecretaría de Emergencias, y al Comité
de Seguridad en el Fútbol de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,
archivar. Lanusse
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6999